A finales de febrero, el caso de la violación grupal de una mujer en el barrio porteño de Palermo adquirió un lugar central en las agendas mediáticas. Las imágenes de las cámaras de seguridad que registraron el accionar de los seis varones involucrados fueron difundidas reiteradamente por los noticieros de la televisión, al punto tal que Marcos Fernández, el juez en lo Criminal y Correccional 21 que había dictado el auto de procesamiento para los imputados -ahora en prisión preventiva-, solicitó al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) tomar medidas para evitarlo.
La transmisión de videos de este tipo no es una práctica novedosa en el periodismo televisivo, para el cual la imagen es un eje central. Sin embargo, los medios de comunicación tienen responsabilidades sobre su uso. Por ejemplo, sería ilegal que publicaran los rostros de los varones, dado que estarían violando el principio constitucional de inocencia. En cuanto a la violencia de género, Alejandra Iriarte, directora de Protección de Derechos y Asuntos Jurídicos de la Defensoría del Público, explicó a Letra P que si el contenido de una cámara de seguridad es vulneratorio de derechos (por ejemplo, revictimiza a una mujer) su difusión también es responsabilidad del medio y se encuentra sujeto a las medidas que correspondan.
A pesar de que no tiene potestad sancionatoria, el organismo, en estos casos, recomienda no reproducir sin autorización videos, imágenes y/o registros de voz de la víctima (aunque estén distorsionados),con el fin de preservar su dignidad e intimidad.
Las recomendaciones se enfrentan a la espectacularización de la información televisiva. Las narrativas ponen en jaque los derechos de las mujeres en el tratamiento de casos como el mencionado: “¿Cómo se sentirá la víctima y su familia al ver un episodio traumático y doloroso de su vida expuesto una y otra vez como un trailer de un policial?”, cuestionó la propia víctima del caso en un texto que dio a conocer su abogado.
La centralidad que continúa teniendo la televisión en el consumo de noticias complejiza aún más el impacto de la difusión de tratamientos periodísticos revictimizantes. De acuerdo con la investigación del periodista Pablo Boczkowski (2022), la TV es la fuente principal de información sobre los acontecimientos de la actualidad, seguida por la radio y las redes sociales. Además, es una referencia enunciativa clave para la agenda pública.
Estas narrativas no se agotan cuando finaliza el tiempo de transmisión. En el ecosistema mediático actual, los contenidos audiovisuales de la televisión se distribuyen también por múltiples plataformas en las que las imágenes que eligen y los encuadres que proponen para interpretar los asuntos continúan circulando.
Por ejemplo, si se aplica la búsqueda de los términos "videos violación en Palermo" en Youtube, plataforma que alcanzó a 28 millones de personas usuarias en Argentina en 2021, se accede a un extenso listado de recortes audiovisuales con títulos como “Video por video, el detalle de los momentos previos a la violación en grupo en Palermo” o “Brutales imágenes del momento en que sacaron a la chica violada del auto junto a los seis acusados”. Así “la persistencia de ciertos rasgos en la cobertura periodística perpetúa violencias simbólicas estructurales, con efectos dentro y fuera de las noticias”.
En términos de alcance, si se suman las reproducciones de los cinco primeros resultados que aparecen a partir de la búsqueda (ordenados por número de visualizaciones) se registran más de 1.250.000. Al mismo tiempo, los videos que encabezan la lista corresponden a fragmentos de los canales El Trece (en primer y tercer lugar), Crónica TV y Telefé (en cuarto y quinto lugar). En cuanto al consumo por fuera de Youtube, según Kantar Ibope Media, los tres encabezan el ranking de rating: Telefé lo lideró en febrero y marzo de 2022, seguido por El Trece. Crónica TV, por su parte, se ubicó tercera en la TV paga de febrero.
Estos datos dan cuenta, por un lado, de que la concentración que caracteriza al sistema de medios tradicional tiene su correlato en el entorno digital. Por el otro, en el plano del contenido, el tratamiento que se haga de las noticias tiene un alcance muy amplio dentro y fuera de la red.
¿Qué pasa con la regulación de la difusión de este tipo de recortes en las plataformas online? ¿Quién interviene para proteger los derechos vulnerados? La autoridad es el Enacom, que tiene a su cargo la aplicación de la Ley 26.522 que “establece que los servicios de comunicación audiovisual deberán respetar la normativa de prevención y erradicación de la violencia de género hacia las mujeres, así como lo establecen los tratados internacionales CEDAW y Belém do Pará”, según explica Iriarte. No obstante, hay vacío regulatorio.
Este tema no ha logrado un consenso y cada vez que se introduce en el debate público genera polémica. El punto es cómo regular incluyendo la perspectiva de los derechos humanos de manera de evitar la avanzada de la regulación privada de Internet y las presiones ilegítimas de los gobiernos. Mientras tanto, la pregunta (¿por qué seguir televisando las imágenes?) tendrá una sola respuesta: porque aún no se ha logrado impedir lo contrario.