Elecciones 2019. Buenos Aires

Vidal sale a regular el juego electoral en medio del debate por las colectoras

Con dos decretos, la gobernadora reglamentó el tope a las reelecciones indefinidas y la paridad de género, la cual se había visto erosionada en 2017 con la integración de listas.

Mientras crece el debate en torno a la intentona oficialista de barrer vía decreto la posibilidad de que un postulante a gobernador vaya en la lista de más de un candidato presidencial –posibilidad que negocian massistas y kirchneristas en terreno bonaerense-, la gobernadora María Eugenia Vidal salió este jueves con dos decretos que regulan el juego electoral en su jurisdicción. Uno tiene que ver con la reglamentación del tope a las reelecciones indefinidas, mediante las cuales intendentes y legisladores no podrán ejercer el mismo cargo electivo en tres periodos consecutivos. El otro apunta a despejar las zonas grises que erosionaron la ley de paridad de género al momento de integrarse listas post PASO en 2017.

 

En cuando a esto último, en las elecciones legislativas de 2017, aunque la paridad fue respetada en las nóminas que participaron de las Primarias, surgieron problemas a la hora de integrar listas en aquellos casos donde la boleta perdedora alcanzaba el piso de votos necesario para acceder al 25% de la minoría en la lista a jugar en octubre.

 

Ante eso, la Junta Electoral bonaerense resolvió descartar la paridad al argumentar que “sería en muchas de ellas imposible materialmente integrar las listas mayoritarias y minoritarias, de corresponder, con una plena alternancia y secuencialidad entre sexos por binomios sin alterar la voluntad popular. Para satisfacer dicha secuencialidad y alternancia se debe modificar lo votado por la población en las PASO".

 

El texto firmado por la mandataria recuerda que la resolución de la Junta Electoral en 2017 significó “una implementación parcial de la Ley sin respetar el mandato de posición que la misma establece, es decir, de alternancia y secuencialidad de candidatos por género”.
 

 


Con ese antecedente, Vidal dejó en claro las reglas de juego en este aspecto con un decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial en el que se marca que, “en las elecciones generales, las listas de candidatos/as de una misma agrupación política que deban ser integradas entre dos o más listas que hayan participado en las PASO, deberán alternar un candidato de cada género de manera tal de respetar en la totalidad de la lista definitiva de candidatos una equivalencia del cincuenta por ciento (50%) de género femenino y otro cincuenta por ciento (50%) de género masculino. En el caso de listas cuyo número de candidatos sea impar, la diferencia entre hombres y mujeres no podrá ser superior a uno”.

 

Asimismo, el decreto de Vidal recalca que si al conformarse la lista definitiva de cara a octubre “no se cumpliere con los requisitos de conformación paritaria establecidos”, la Junta Electoral bonaerense “intimará a la agrupación política a que la reordene en el término de 48 horas”. De no cumplirse vencido ese plazo, será la propia Junta Electoral la que “procederá a ordenar de oficio” la lista.

 

TOPE A LAS REELECCIONES. Por otro lado, Vidal reglamentó el tope a las reelecciones indefinidas. Vía decreto, determinó que la prohibición de reelección para un tercer mandato consecutivo “abarca a quienes habiendo sido reelectos en el mismo cargo para un segundo mandato consecutivo, hayan asumido sus funciones y ejercido por más de dos años, continuos o alternados”.
 

 

Asimismo, se determinó que “el reemplazo de uno o varios titulares en sus cargos, que ejercidos por concejales suplentes, consejeros escolares suplentes, diputados provinciales suplentes y senadores provinciales suplentes, efectuado por más de dos años continuos o alternados, se computará como cargo ejercido a los efectos de la prohibición de reelección para un tercer mandato consecutivo”.

 

"En el caso de los cargos de intendente municipal, concejales y consejeros escolares, tanto titulares como suplentes, quedarán abarcados por la prohibición reglamentada por el presente acto, aún en el caso de postulaciones en distintos municipios", se aclara para marcar que lo mismo corre para legisladores bonaerenses "aún en el caso de postulaciones en distintas secciones electorales".

 

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