Con la discusión salarial sin resolverse, una polémica medida del gobierno de María Eugenia Vidal recrudece la tensión con los docentes. Según se detalla en la resolución 331/18 publicada este viernes en el Boletín Oficial, la toma de posesión de horas, módulos y/o cargos educativos se efectivizará “en el momento que el docente se encuentre frente al grupo”, y que “no podrá darse el alta correspondiente y se solicitará nuevamente la cobertura requerida” cuando, entre otros casos, el docente “no se presente en el establecimiento designado”, “presentándose, no se desempeñe efectivamente” o acercándose a la escuela “con posterioridad al primer día en que deba atender efectivamente el cargo o las horas en que fuere designado”.
Con marcado malestar, los gremios no dudaron en denunciar que esta resolución apunta a coartar el derecho a huelga de quienes, con el cargo obtenido en acto público, opten por adherir a una medida de fuerza antes de estar frente al aula.
“UNA PAYASADA”. Ante la consulta de Letra P, el secretario General de Udocba, Miguel Díaz, arremetió: “La posesión de las horas se hace en el acto público, el docente tiene el derecho constitucional a la huelga que está por arriba. Es una payasada, lo único que hace es perjudicar al alumno porque esas horas van a acto público de nuevo y mientras tanto no hay cobertura".
En esa línea, el dirigente gremial ahondó: “Es una barbaridad, están coartando el derecho de huelga, es querer demostrar que tienen el látigo y no se negocia con el látigo”.
NULIDAD. Por su parte, y también en declaraciones a este medio, la titular de la FEB, Mirta Petrocini, detalló que su gremio presentó el pedido de nulidad de la resolución “porque es obviamente anti estatutaria y contraviene todas las normativas, hasta la manda constitucional”.
“Esta resolución contradice el estatuto y hay un derecho a huelga constitucional agraviado por esta decisión improcedente. Contradice la resolución 1520 de calendario escolar que establece como toma de posesión de los cargos el 1 de marzo, difirieron la toma de posesión para atentar contra el derecho constitucional de huelga”, aseguró.
En los considerandos de la resolución firmada, entre otros, por el director General de Cultura y Educación bonaerense, Gabriel Sánchez Zinny, se detalla que la toma de posesión de horas y/o cargos docentes tiene como normativa de referencia los artículos 3º, 6º, 64º y 108º de la Ley N° 10.579 (Estatuto Docente) y sus decretos reglamentarios y la Resolución 413/14.
Sin embargo, en ninguno de esos artículos se menciona que un docente se hace efectivamente de las horas cuando esté frente al grupo. Lo que detalla el artículo 64 del Estatuto Docente (citado por la resolución) es que "las designaciones del personal titular serán realizadas en el mes de diciembre, debiendo efectivizarse las tomas de posesión antes de comenzar las actividades escolares".
DETALLE DE LA MEDIDA. En su artículo 1, la resolución 331/18 determina que "la toma de posesión del docente requiere el desempeño efectivo durante la totalidad de la carga horaria de la función para la cual fue designado, luego de lo cual podrá ejercer los derechos que le asisten normativamente".
En tanto, en el anexo único, se detallan las nuevas consideraciones sobre la toma de posesión de horas, módulos y/o cargos docentes. Allí, se detalla:
La toma de posesión se hará efectiva en el momento que el docente se encuentre frente al grupo en el caso de horas, o se presente a trabajar en el horario correspondiente al cargo para el que fue designado y se desempeñe durante la totalidad de la carga horaria. No podrá darse el alta correspondiente y se solicitara nuevamente la cobertura requerida con los motivos que dieron lugar al nuevo pedido, en los siguientes casos:
a) No presentarse el docente en el Establecimiento designado;
b) Presentándose el docente, no se desempeñe efectivamente;
c) Acercarse al establecimiento con posterioridad al primer día en que deba atender efectivamente el cargo o las horas en que fuere designado;
d) Apersonarse sin la documentación correspondiente (designación y documento que acredite su identidad);
e) El docente se niegue a presentar o confeccionar en el acto la declaración jurada de cargos y horas;
f) Cualquier otra situación que implique la no permanencia en el puesto de trabajo.
CASO TESTIGO. Un ejemplo concreto de cómo esta medida puede interferir en el derecho a huelga se advirtió esta semana durante el paro por 48 horas determinado en territorio bonaerense por Suteba, FEB y Udocba. En San Pedro, docentes de un establecimiento educativo denunciaron que se quedaron sin las horas obtenidas en acto público al haberse sumado a la huelga durante el inicio del ciclo lectivo.
“No hay antecedentes en época democrática. Solo durante el Proceso militar. Ayer tomó la decisión la Jefa Distrital de que los compañeros por haber hecho paro los cesantearon, porque ellos ese día firmaron y se retiraron. Hace referencia a una resolución de la provincia que indica que para hacer toma de posesión efectiva tienen que firmar y cumplir el horario el lunes. Eso se contrapone con lo que marca la Constitución Nacional. Es una resolución, la 331 que enviaron para amedrentar a estos compañeros", consignó el dirigente del Suteba local, Alejandro Ansaloni, en declaraciones publicadas por el portal Noticias San Pedro. Este viernes, se conoció que la mayoría de los educadores afectados fueron reincorporados al dar cuenta de que hicieron la toma de posesión de las horas el 1 de mayo, Sin embargo, según detalla La Opinión de San Pedro, una docente no sólo permanece sin su cargo, bajo el imperio de esta resolución, sino que pasó al último lugar del listado, por lo que el reclamo gremial persiste.