AUMENTO CON FACILIDADES

Ni 5.000 ni dos cuotas: las empresas podrán fijar "plazos y montos" del bono

Letra P accedió al decreto que se publicaría este martes. Ordena el pago de un bono de $5.000 en dos cuotas a cuenta de otros aumentos y permite modificar las condiciones a compañías "en crisis".

El bono de 5.000 en dos cuotas, con el que el Gobierno busca ganar algo de paz hacia fin de año, podría ser una cifra muy inferior y en mayor cantidad de pagos. Así se desprende del decreto que ya firmó el presidente Mauricio Macri y al que accedió Letra P. Además, en aquellos gremios que ya hayan reabierto sus paritarias y conseguido una mejora salarial, la suma fijada quedaría absorbida en ese incremento. Y, sino, quedará tomada como un adelanto a cuenta de futuros aumentos.

 

Al decreto, igualmente, le restarán normas complementarias de aplicación, que quedarán en manos del ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica.

 

El texto, que se publicaría este martes en el Boletín Oficial, establece el pago de un bono de 5.000 pesos a cobrarse en dos cuotas iguales, con los sueldos de noviembre (pagadero en diciembre) y enero (cobrable en febrero). Pero rápidamente le quita obligatoriedad a ese aumento: dice que “trabajadores y empleadores” podrán “adecuar la implementación” en “materia de montos y plazos” para “aquellas actividades que se encuentren especialmente en crisis o declinación productiva”.

 

 

Esa mención abre interrogantes sobre cuáles son las empresas que podrán “adecuar la implementación”: si aquellas que iniciaron los trámites para abrir un Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) o las que puedan argumentar alguna situación crítica. Por ahora se desconoce qué metodología administrativa deberían utilizar para ampararse en ese punto.

 

La garantía para las empresas que hayan pagado aumentos está en el artículo 4 del proyecto decreto que diseñaron en la secretaría Legal y Técnica de la Presidencia, en manos de Pablo Clusellas.

 

“Las partes signatarias de los convenios colectivos de trabajo que hubiesen pactado colectivamente un incremento sobre los ingresos de los trabajadores en concepto de revisión salarial de la pauta oportunamente acordada en la negociación colectiva del año 2018, podrán compensar aquél aumento con la suma total” del bono. Es decir que los cinco mil pesos son descontables de los aumentos acordados por encima del 15%, osea considerados “a cuenta de las sumas que pacten en concepto de revisión salarial”.

 

 

 

En las empresas que “hubiesen otorgado unilateralmente otros incrementos” a partir del 1° de enero de 2018 también podrán compensar esos pagos  con el bono, pero “en los supuestos que se instrumenten, según corresponda, la incorporación, compensación o absorción salarial (del bono), la misma adquirirá carácter remunerativo”.

 

CONTENCIÓN DE DESPIDOS. El texto tiene un segundo capítulo dedicado al “Procedimiento Previo de Comunicación para Despidos sin Justa Causa”. Fija “hasta el 31 de marzo” del año próximo un mecanismo para que las empresas, “antes de disponer despidos sin justa causa en contratos de trabajo por tiempo indeterminado, deberán comunicar la decisión al Ministerio de Producción y Trabajo con una anticipación no menor a diez días hábiles de hacerla efectiva”. En ese plazo, la autoridad laboral “podrá convocar al empleador y al trabajador junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar (hasta el 31 de marzo) las audiencias que estime necesarias para considerar las condiciones en que se llevará a cabo la futura extinción”.

 

 

 

Si los empleadores no lo hacen, podrán ser multados en el marco del Anexo II de la Ley 25.212, que establece el Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales.

 

Todo el sistema de presunto freno para “despidos sin justa causa” no rige para el “personal de la Industria de la Construcción, contratado en los términos de la Ley 22.250”.  En el caso del bono, quedan exceptuados de ese pago “los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y del Régimen Especial de Casas Particulares”, aunque “sin perjuicio de lo que puedan establecer sus órganos competentes”.

 

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