LEGISLATURA PORTEÑA

Aprueban la ley que pidió Larreta para regular a los motoqueros

Estarán obligados a llevar chaleco con número de patente. Buscan prevenir ataques de “motochorros”.

La Legislatura porteña aprobó modificaciones al Código de Tránsito y Transporte en lo referido a la circulación de motocicletas para combatir los ataques de “motochorros”. La normativa obliga a los conductores a portar chalecos con el número de patente bien visible, para mejor identificación por razones de seguridad, según dispuso el expediente.

 

Además, el texto advierte que en determinados lugares, días y horarios no se permitirán acompañantes en las motos.

 

“En caso de trasladar un acompañante, el mismo debe llevar un chaleco reflectante que tenga impreso en la parte delantera y trasera el número de dominio del motovehículo”, marca el primer artículo de una ley sancionada por la Legislatura porteña.

 

Las sanciones que se aplicarán incluyen la retención de las motos, multas de 100 unidades fijas que se elevan a 200 cuando se trata de la circulación no autorizada de un acompañante o la no utilización del chaleco reflectante con el número de dominio, más la aplicación de inhabilitación para conducir de 5 a 10 días. Cada unidad fija equivale actualmente a $ 10,40, con lo cual las multas oscilarán entre $ 1.040 y $ 2.080.

 

El texto aprobado se gestó en base a un proyecto de los diputados Daniel Presti, Juan Pablo Arenaza, Alejandro García y Carmen Polledo (PRO) que fue largamente analizado, discutido y reelaborado en las comisiones legislativas de Tránsito y Transporte, que preside Claudio Palmeyro (SP), y de Justicia, que conduce Presti.

 

El despacho de mayoría de ambas comisiones considera que los “delitos cometidos a bordo de motocicletas fueron conocidos a raíz de las denominadas salideras bancarias en la zona del microcentro y se fueron extendiendo a otras zonas de la ciudad utilizando el motovehículo para otros tipos de arrebatos callejeros, sustrayendo bienes portados por las personas en la vía pública, tales como teléfonos móviles, carteras, bolsos, maletines, entre otros objetos”.

 

Señala también “la dificultad que se suscita para identificar y aprehender a los delincuentes al momento del atraco ya que, muchas veces, no pueden ser identificados por sus víctimas porque el casco, de uso obligatorio, oculta el rostro del agresor”.

 

El diputado Palmeyro tuvo disidencias parciales y el Frente para la Victoria elaboró un despacho de minoría a través de las legisladoras Paula Penacca y Magdalena Tiesso (FpV).

 

La norma se sancionó con 43 votos positivos (del PRO, CC-ARI, CP, Suma+, PS y SP), 13 negativos (FPV, BP, CNM y bloques de izquierda) y una abstención de PSA.

 

La ley aprobada establece los siguientes requisitos y preceptos:

 

. Cuando un motociclista circule con acompañante, éste deberá llevar chaleco reflectante con el número de patente bien visible adelante y detrás.

 

. Podrá llevar hasta un acompañante siempre que el modelo del vehículo se encuentre homologado para tal fin, es decir, que cuente con doble asiento o asiento adicional, apoyapié y agarradera.

 

. No podrá llevar acompañante cuando el motovehículo transite por las áreas, días y horarios que la autoridad de aplicación determine. Esa autoridad deberá tener en cuenta los informes de los Foros de Seguridad Pública y el Mapa del Delito.

 

Las motos serán retenidas cuando:

 

- Transiten sin la portación de los cascos reglamentarios.

 

- Circulen con acompañante en las áreas especialmente prohibidas.

 

- Lleven acompañante sin la utilización del chaleco reglamentario.

 

- Se encuentren mal estacionados, obstruyan la circulación u ocupen lugares destinados a vehículos de emergencias o de servicios públicos de pasajeros. (Si la moto está amarrada la autoridad estará facultada a realizar "las acciones necesarias" para desamarrarla y trasladarla).

 

- Carezcan de su placa de patente o se impida o dificulte su visualización mediante pliegues, aditamentos, mal estado de conservación, colocación en lugares o en forma antirreglamentaria, giradas respecto de su posición normal o por cualquier otro método.

 

-No se correspondan los datos de la placa de dominio con los números del cuadro y/o motor.

 

- Se detectare que son conducidas por persona no habilitada.

 

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Karina Milei, con Adorni y Ramírez (Prensa LLA)

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