Resistencia al tarifazo

La Justicia le ordenó a Vidal dar marcha atrás con el aumento en la luz

Un fallo del juez Luis Arias señala que no se cumplió el requisito de la audiencia pública para disponer subas de hasta 215%. La sentencia alcanza a cuatro empresas. Silencio del gobierno provincial.

La Justicia suspendió este martes la aplicación del tarifazo en la luz en territorio provincial a través de una medida cautelar dictada por el juez en lo Contencioso Administrativo platense, Luis Arias. El magistrado justificó la decisión por “no haberse celebrado la correspondiente audiencia pública con anterioridad a su aprobación”. Las empresas alcanzadas son Edea, Edelap, Edes y Eden. 

 

Arias hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Colectivo de Acción en la Subalternidad (Ciaj). De esta manera suspende los efectos de la Resolución nº 22/16 dictada por el Ministerio de Infraestructura de la Provincia, mediante la cual se aprobó el recálculo de los cuadros tarifarios de las distribuidoras de energía eléctrica.​ Este nuevo cuadro tarifario contempla aumentos de entre el 115 y el 215 %.

 

Esto generó un malestar en los vecinos de, por ejemplo, la ciudad de La Plata, que además se quejan porque en varios puntos se interrumpe continuamente el servicio.

 

El magistrado dispuso “ordenar a las empresas Edelap, Edes SA, Edea SA y Eden SA, a que se abstengan de aplicar a los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica de la provincia de Buenos Aires, el régimen tarifario contemplado en dicha norma, todo lo cual implica ajustarse a las tarifas previas a la citada resolución”.

 

"Corresponde ordenar a las citadas empresas a que, de modo inmediato a la notificación de la presente, efectúen la liquidación correspondiente y emitan nuevas facturas con sujeción a lo dispuesto en el presente despacho cautelar. Para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, las empresas demandadas deberán admitir el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido por la Resolución N° 22/16, sin que ello implique la interrupción o alteración del servicio de distribución de energía eléctrica", se detalló en el fallo.

 

“Los servicios públicos deben ser definitivamente democratizados en el sentido de abrir la participación a los usuarios  que no participan nunca de las negociaciones”, señaló Arias en declaraciones a Radio Del Plata.

 

Aunque remarcó que estas audiencias “no son vinculantes y a veces se las hace para cumplir con la formalidad”, Arias defendió su importancia para que el usuario “acceda a la información y eventualmente cuestionar el aumento de las tarifas.

 

Además pidió "limitar la vigencia de la citada medida cautelar, al plazo de dos (2) años computados a partir de su dictado (Conf. CSJN, Causa G. 589. XLVII. “Grupo Clarín”, Sent. del 22-V- 2012)".

 

En el mes de febrero, el gobierno bonaerense de María Eugenia Vidal dio a conocer, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, los incrementos que se aplicarían a las tarifas de luz mediante la aprobación de los “recálculos de los cuadros tarifarios de las distribuidoras de energía eléctrica” que brindan servicio en el territorio provincial (EDELAP, EDEA, EDEN y EDES). 

 

Conocido el fallo, desde el Ejecutivo provincial, no se brindó aún una respuesta oficial ante la situación. 

 

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