GÉNEROS

En la provincia de Buenos Aires no tendrán beneficios societarios los deudores alimentarios

No podrán cobrar dividendos ni honorarios, establece una disposición del Ministerio de Justicia bonaerense. Los detalles.

A partir de ahora, en la provincia de Buenos Aires, cualquier persona que integre una sociedad como socia o autoridad y esté inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) no podrá cobrar dividendos ni honorarios de ese emprendimiento.

La medida, adoptada por el Ministerio de Justicia bonaerense, determina que quienes incumplen con su obligación alimentaria no accedan a beneficios económicos mientras mantengan esa deuda.

"El incumplimiento de la obligación alimentaria es un problema estructural que profundiza las desigualdades de género", señaló el ministerio en un comunicado.

Esta medida "es un paso firme para proteger los derechos de niños, niñas, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad a percibir sus alimentos", aregó.

“Las sociedades anónimas, cualquiera fuera su subtipo, las sociedades en comandita por acciones y las sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.) sometidas a la fiscalización de este Organismo no podrán distribuir dividendos, ni abonar retribuciones de ningún tipo a los integrantes de los órganos de administración y fiscalización cuando los beneficiarios de esos pagos se encuentren registrados en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires”, establece el artículo 1 de la disposición, que fue publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Provincia.

Axel Kicillof y, de fondo, Victoria Villarruel. 
en buenos aires habra ocho elecciones: radiografia de una batalla inedita

Las Más Leídas

También te puede interesar