Luego que la Corte Suprema decidiera abocarse a analizar la constitucionalidad de una nueva candidatura de Gildo Insfrán , el fantasma judicial que amenaza las reelecciones de cinco gobernadores del peronismo vuelve a recorrer el Norte Grande. La preocupación toca a Gustavo Sáenz y Osvaldo Jaldo. Aunque dicen que no buscarán otro mandato, Raúl Jalil y Ricardo Quintela miran de reojo.
Así como en algún momento fueron (y siguen siendo) los armados alternativos que quiebren el electorado que los mandatarios locales imaginan propio, la amenaza latente en torno a la aparición de presentaciones judiciales que busquen poner en cuestionamiento los intentos reeleccionistas se suma como factor a tener en cuenta. Los aliados siguen con la situación con atención y los adversarios empiezan a frotarse las manos.
Como un fantasma, la posibilidad de que la Corte intervenga en las reelecciones de los gobernadores del Norte Grande asusta y se utiliza para asustar, pero pocos saben bien qué forma tiene. Se siembra la incertidumbre mencionando fallos sobre el tema, pero no todos son iguales y la jurisprudencia que sientan no alcanzan a todos los casos por igual.
El caso de Insfrán es el más icónico, ya que todo indica que buscará su noveno mandato consecutivo. Con ansias de ser reelectos pero interrogantes sobre su posibilidad se anotan Gustavo Sáenz, que va por un tercer periodo, y Osvaldo Jaldo, que se anota por su primera reelección como gobernador, pero antes fue dos veces vice de Juan Manzur. De hecho, lo reemplazo en el cargo entre septiembre de 2021 y febrero de 2023.
Raúl Jalil y Ricardo Quintela tienen la posibilidad de buscar su tercera temporada sobre la mesa, pero todavían juegan al misterio.
El aviso de la Corte a Gildo Insfrán
La novedad que la Corte dio a conocer sobre el caso Insfrán es el último capítulo de la saga. El jueves, el tribunal cimero avisó que intervendrá en el expediente y dio curso al planteo del Frente Amplio Formoseño. La oposición busca la declaración de inconstitucionalidad de la cláusula transitoria que le permite a Insfrán ir por su noveno mandato.
Los cortesanos no definieron el fondo de la cuestión, es decir, si Insfrán puede ser candidato nuevamente. Sólo avisaron que esa decisión es de su competencia, y no de los tribunales ordinarios. El fallo trasunta, sin embargo, un mensaje político que dice que la Corte sigue atentamente el devenir reeleccionista del Norte Grande.
En 2024, los supremos sí declararon inconstitucional la reelección indefinida en Formosa. Expresaron que, si bien las provincias pueden darse su propia organización política, esta no puede violar el principio republicano de gobierno, que se compromete a garantizar la alternancia. Por eso, Formosa reformó su carta magna permitiendo una sola reelección, pero una cláusula consideró el mandato en curso de Insfrán como el primero. Ese es el punto específico que analizará el máximo tribunal.
El caso Catamarca
La de Formosa fue la última mención de la Corte sobre el tema reelecciones. La jurisprudencia se puede aplicar a Catamarca, otra provincia donde la Constitución contampla la reelección indefinida del gobernador. Si bien debería aggiornar su carta magna, Jalil todavía puede ir por otro mandato ya que la Corte declaró inconstitucionales las reelecciones indefinidas pero no estableció qué límite hay que ponerles.
Jalil lleva dos mandatos y, por ahora, no parece tener ganas de un tercero. Tanto él como Lucía Corpacci, su socia política y antecesora, consideran que dos periodos están bien. La exgobernadora intentó una reforma constitucional en ese sentido en la década pasada, y el actual mandatario hizo sancionar una ley que después fue declarada inconstitucional.
Raúl Jalil y Gustavo Saadi.
Todo indica que el intendente de la capital, Gustavo Saadi, será el candidato a suceder a Jalil. Sin embargo, no está tan cerrado. El mandatario mantiene un excelente vínculo con la Casa Rosada, pero Saadi y Corpacci no. Más de uno especula con que La Libertad Avanza puede intentar meter una cuña y convencer a Jalil de intentar un tercer mandato. Por ahora, rumores.
El fantasma que camina por el Norte Grande
El otro que por ahora no manifestó querer ser reelecto pero tiene una puerta semiabierta es Quintela. El Gitano motorizó una reforma constitucional en La Rioja que limitó a dos los mandatos para el gobernador. Como la carta magna se sancionó en su segunda gestión, la pregunta es si se considera como primero o como segundo mandato. No hay una cláusula que lo aclare.
En Salta sucede algo similar. La Constitución permitía tres mandatos, pero Sáenz impulsó una reforma durante su primer mandato para limitarlos a dos. Ahora, pretende que se le permita competir por un tercer mandato con el argumento de que su primera gestión no cuenta porque esa vez juró con una Constitución caduca.
Por último, aparece Jaldo. Allí el problema no es la interpretación de la carta magna, que es muy clara e incluso ya permitió que Manzur haga lo que ahora pretende Jaldo: hilvanar dos mandatos como vicegobernador y otros dos como gobernador. El tema es que la oposición tucumana analiza plantear la inconstitucionalidad de ese artículo basándose principalmente en el antecedente Formosa.
El devenir de pronunciamientos de la Corte Suprema
Durante su primer periodo, Gerardo Zamora había motorizado una reforma constitucional que permitía una sola reelección en Santiago del Estero. Para despejar dudas, en el nuevo texto se agregó una cláusula transitoria que dejaba sentado que el mandato que transitaba se consideraba como el primero.
Pero los años pasaron, Zamora fue reelegido y sobre el final de su segundo mandato pidió la inconstitucionalidad de esa cláusula con el objetivo de forzar un reinterpretación que lo habilitase a ir por una reelección más. La Corte no lo dejó argumentando que la voluntad del constituyente a la hora de escribir la nueva carta magna había sido clara. Aquel fallo de 2013 fue la primera intervención de la Corte sobre el tema. Si bien no hay cláusula transitoria en pugna, se trata de un caso muy parecido al de Sáenz.
En 2019, la Corte volvió a escena e impidió la re-re de Sergio Casas en La Rioja. El entonces gobernador había impulsado una enmienda constitucional que se lo permitía, pero el máximo tribunal señaló que no se había apegado al proceso legal para sancionarla.
Los jueces de la Corte Suprema.
Más determinante fue el fallo que impidió a Alberto Weretilneck ser candidato en Río Negro. Había sido electo vice de Carlos Soria en 2011 y, tras su fallecimiento, asumió la gobernación siendo reelecto en 2015. Weretilneck logró que la Corte provincial le permitiera ir por otro mandato en 2019, pero los supremos inauguraron el criterio de defensa del principio republicano y Weretilneck no pudo ser candidato.
Sin embargo, hubo un detalle interesante en ese fallo porque Carlos Rosenkratz votó en disidencia argumentando que la interpretación que hacía el tribunal provincial sobre el artículo no era descabellada y, por lo tanto, no correspondía a la Corte meterse en la discusión. Se metió igual.
La ventana de esperanza que abre el caso Uñac
Cuatro años después, el protagonista fue Sergio Uñac. La Constitución sanjuanina establecía que el gobernador y vice podían ser reelectos dos veces consecutivamente, es decir, tres mandatos. Uñac llevaba un mandato como vice, dos como gobernador y pretendía un tercero. Sostenía que el artículo impedía hilvanar tres mandatos consecutivos en el mismo cargo, no intercalándolos.
Uñac consiguió que su Tribunal Electoral lo autorizase, pero la Corte revocó esa decisión. La razón fue, otra vez, la defensa del principio republicano. Si se aceptaba la interpretación de Uñac, una persona podía quedarse indefinidamente en el poder intercalando mandatos de gobernador y vice. El máximo tribunal no declaró inconstitucional el artículo sino la interpretación que de él se hacía en San Juan.
Sergio Uñac, el antecedente de la esperanza.
El caso Uñac dejó dos cuestiones a tener en cuenta en los debates por venir. Por un lado, Rosenkratz votó en contra de la reelección pero insistió en que si las interpretaciones que se hacen en las provincias son plausibles, la Corte no debe meterse. El dato cobra su peso específco en los debates por venir porque Rosenkratz es uno de los tres votos que definirán los casos que lleguen al tribunal que preside Horacio Rosatti.
Ricardo Lorenzetti también intervino en todos los casos, siempre en contra de los intentos reeleccionistas.
El otro punto a destacar es que el sanjuanino iba por su cuarto mandato y la Corte entendió habilitarlo resultaba excesivo a la luz del principio republicano de la alternacia. Esa es una mala noticia para Jaldo, que busca el mismo objetivo, y sin dudas que para Insfrán. Con ese mismo criterio, el máximo tribunal nunca consideró, al menos hasta ahora, que tres mandatos consecutivos eran demasiado, una buena para Jalil, Sáenz y Quintela.