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El delivery judicial trae malas noticias para las plataformas

Millonaria multa contra Rappi por trabajo no registrado en La Plata. Dos fallos porteños obligaron a Cabify a indemnizar trabajadores. La pelea que viene.

La justicia laboral de La Plata dejó firme una millonaria multa del Ministerio de Trabajo bonaerense contra Rappi por relaciones laborales encubiertas con quienes trabajan repartiendo mercaderías, que violarían la Ley de Contrato de Trabajo, y dio un paso más en el esquema de interpretación judicial que se va imponiendo sobre las nuevas relaciones de trabajo entre las plataformas y quienes trabajan en conexión con ellas.

 

El Tribunal de Trabajo N°2 de esa ciudad mantuvo la sanción por más de $16 millones a Rappi que le impuso la cartera que dirige Mara Ruiz Malec a mediados de agosto, cuando una serie de fiscalizaciones en vía pública determinaron que Rappi incumplía los artículos 21 a 23 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que disponen justamente el encuadre de una relación de dependencia. La plataforma apeló en sede judicial y los magistrados entendieron que hubo un encubrimiento de la relación laboral. 

 

El fallo retomó los argumentos del ministerio bonaerense al mencionar cuatro "indicios de laboralidad": 1) que "los operarios reciben órdenes e instrucciones de Rappi"; 2) que "utilizan la vestimenta con logo de la empresa"; 3) que "los pagos que reciben por su trabajo son abonados por Rappi y constituyen su fuente principal de ingresos"; y 4) que "reciben sanciones en caso de no cumplir con las órdenes impartidas por la empresa", vía quita de puntos o bloqueo de la APP, que da por terminado el vínculo. La compañía, en cambio, argumentó que los "los repartidores son usuarios que aceptan términos y condiciones de la Plataforma para poder ofrecer sus servicios de cadetería", en calidad de autónomos, y que la app oficia de intermediaria entre el cliente, el comercio que hace el envío y el repartidor que lo traslada.

 

La sentencia platense se suma a un debate que tomó envión en las últimas semanas, sobre la legalidad de los vínculos laborales de las plataformas con los trabajadores y las trabajadoras. Más allá de múltiples medidas cautelares, dos fallos recientes de dos despachos distintos de la Justicia Nacional del Trabajo fallaron, por primera vez, sobre el fondo de la cuestión. Las dos causas fueron contra Cabify y en ambas una jueza y un juez entendieron que la plataforma de viajes incumplió la relación laboral y debe indemnizar a quienes trabajan con ella.

 

"El hecho de que el actor extendiera facturación, que el vehículo con el cual trabajara fuera de su propiedad, que éstas firmaran un contrato comercial que la accionada intenta hacer valer y demás cuestiones formales que se implementaron, no son determinantes a los efectos descalificar la relación jurídica", fundamentó la jueza Viviana Dobarrio, del Juzgado N°21, el 31 de agosto. "Los servicios brindados por el actor a favor de la empresa demandada quedan comprendidos dentro de las previsiones de la LCT y, por ende, concluyo en la naturaleza laboral de la vinculación habida entre las partes", concluyó.

 

El 2 de septiembre, el juez Mariano Candal, del Juzgado N°77, se valió de testigos que acreditaron que Cabify daba órdenes y sancionaba a quienes las inclumplían para fallar a favor del trabajador y obligar a la plataforma a indemnizarlo. "Con la irrupción de las APPs, apareció el fenómeno de la marca asociada a un emprendimiento empresarial cada vez más difuso, oculto, al que sólo puede accederse con un teléfono celular. Lo cierto es que la marca genera clientes, y los
dependientes prestan servicios a los clientes del titular de la marca, y no a sus propios clientes", escribió. "Desde la mirada del usuario, la demandada es una
empresa cuya actividad es el transporte de pasajeros. Los usuarios son clientes de Cabify; no son clientes de los distintos choferes", argumentó.

 

Este jueves, la legisladora porteña del Frente de Todos Lucía Cámpora rechazó una ley que permitirá al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad intervenir en causas de la justicia nacional y la vinculó con algunos fallos asociados a las plataformas. "En el fuero laboral, Pedidos Ya recurrió ante el TSJ contra un fallo de la Justicia Nacional que reconocía la relación laboral con el repartidor", advirtió vía Twitter.

 

Marcos Galperin,  Hugo Sigman y Alejandro Bulgheroni, ganadores en la era Javier Milei
Marcos Galperin, fundador de Mercado Libre y el más rico del primer año de gobierno de Javier Milei.

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