En un nuevo capítulo del habeas corpus preventivo que tramita en la justicia de La Plata para encontrar una solución definitiva al hacinamiento en cárceles y comisarías de la provincia de Buenos Aires, nuevamente fueron citados los ministros de Justicia y Seguridad, Gustavo Ferrari y Cristian Ritondo, para que lleven medidas concretas para terminar con una deuda que el Estado que arrastra desde hace más de 30 años. En la resolución oficial a la que accedió Letra P, el juez Eduardo Eskenazi documentó la situación de sobrepoblación en todo el territorio provincial.
El magistrado determinó que el Ministerio de Justicia “incumplía el cupo judicialmente fijado por diferentes juzgados en resguardo de los derechos de los detenidos respecto a 20 Unidades Carcelarias”. En el mismo documento, dejó constancias de que en la órbita de la cartera de Seguridad se incumplieron “63 clausuras judiciales de comisarías, destacamentos y direcciones policiales, excediéndose a su vez el cupo judicialmente dispuesto respecto a otras 47 dependencias policiales, siendo causa de ello la falta de otorgamiento de cupo por parte del Servicio Penitenciario -a cargo del Ministerio de Justicia- con motivo del colapso carcelario”.
- Capacidad carcelaria: 28.810 personas.
- Población carcelaria al mes de junio de 2018: 42.064 personas.
- Capacidad de alojamiento en comisarías y otras dependencias policiales: 1.021 personas.
- Cantidad de personas alojadas en las citadas dependencias policiales al mes de junio de 2018 -debido a la falta de otorgamiento de cupo por parte del Servicio Penitenciario-: 3.539.
- Aumento de la población carcelaria durante el año 2017: de 3.928 personas.
- Aumento de la población carcelaria durante el primer semestre de 2018: de 1.902 personas.
Eskenazi coligió que, en base a resoluciones anteriores, “el Ministerio de Justicia ha ignorado en el diseño de su política pública la falta de capacidad de la infraestructura carcelaria para receptar el elevado número de personas privadas de la libertad, poniendo ello en peligro los bienes jurídicos fundamentales tutelados por la Convención americana de Derechos Humanos y por la Constitución Nacional respecto” a las personas privadas de su libertad.
Luego de la audiencia judicial celebrada el pasado 23 de agosto, a la que Ferrari estaba citado pero faltó, se realizaron inspecciones en distintas unidades dependientes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) en las que se detectó que “el aumento de población carcelaria era resuelto intensificándose el hacinamiento ya existente, apreciándose que en un promedio importante de celdas los internos contaban con espacios que apenas llegaban a un metro cuadrado”.
BARROTES POLICIALES. La situación en las comisarías bonaerenses no es muy distinta. No se cumplieron las órdenes de clausura y se violaron los cupos judicialmente fijados. Ante esto, se ordenó a la Subsecretaría de Política Penitenciaria, de manera “urgente”, que habilite el ingreso a la órbita del Servicio Penitenciario de las personas detenidas en las comisarías clausuradas.
“Lejos de haber sido cumplida aquella orden por parte del Ministerio de Justicia, de acuerdo al contenido del informe agregado”, surge que al día 22 de octubre de 2018 “la cifra de personas detenidas en Comisarías era de 3.981 personas, es decir que había aumentado en 442 personas más respecto a la cifra informada al mes de junio del corriente año”.
Para ilustrar la situación, el juez tomó como muestra lo que ocurre en la comisaría Sexta de La Plata, en la Tercera de Esteban Echeverría y en las seccionales de Almirante Brown y Lomas de Zamora. La conclusión fue demoledora: existe un agravamiento de las condiciones de detención por falta de luz, higiene, agua y espacio.
Ante la superación de la capacidad de personas por celdas, la cartera de Justicia no presentó “un consistente plan de corto, mediano y largo plazo dirigido a reducir los alarmantes niveles de sobrepoblación en los que se mantiene a las personas privadas de la libertad, a pesar de haber sido intimado el citado Ministerio de Justicia”.
Para el juez, el ministro Ferrari “no puede ignorar, en el diseño de la política pública del gobierno provincial, las condiciones humanas de detención en las que debe mantenerse a las personas privadas de la libertad, circunstancia que exige de su parte la adopción de las medidas necesarias para revertir la acuciante realidad descripta”.
"El Poder Judicial no debería detener tanta cantidad de personas o brindarles alternativas a la prisión"
En la resolución se destaca que “las carencias presupuestarias, aunque dignas de tener en cuenta, no pueden justificar transgresiones como las descriptas, por cuanto privilegiarlas sería como subvertir el Estado de Derecho y dejar de cumplir los principios de la Constitución y los Convenios internacionales que comprometen al Estado Argentino frente a la comunidad jurídica Internacional”.
En otro pasaje de la sentencia, el magistrado considera que Ferrari “es el responsable de la situación violatoria de los derechos humanos en las que se encuentran las personas privadas de la libertad” en la provincia de Buenos Aires y es quien debe resolverla.
Como una herramienta para trabajar en ese sentido se creó un comité de crisis integrado por el juez junto a representantes de los ministerios de Justicia y Seguridad y diversos organismos estatales y no gubernamentales interesados en esta problemática. También invitarán a representantes de los restantes poderes del Estado provincial “con el objeto de facilitar y agilizar las medidas que deba adoptar (Ferrari) a fin de alcanzar los objetivos”.
El juez citó a Ferrari, pero, para el caso de que no fuera, le marcó la cancha: solicitó que envíe un representante con real poder de decisión para que no se repita lo ocurrido en la audiencia anterior, en la que el funcionario Juan Baric puso todo tipo de excusas y culpó a los jueces por no otorgar arrestos domiciliarios en el marco del dictado de prisiones preventivas. Puntualmente, expresó: "En este momento las arcas de la provincia se encuentran vacías, no hay dinero para construir las cárceles necesarias para alojar la población carcelaria. El Poder Ejecutivo no maneja el flujo de personas alojadas, existiendo un exceso de prisionización por parte del Poder Judicial. El Poder Judicial no debería detener tanta cantidad de personas o brindarles alternativas a la prisión”, tal como este medio informó.
GENEALOGÍA DE UNA TRAGEDIA. Mientras el juez recolectaba la información y se disponía a redactar la resolución, el pasado 15 de noviembre se produjo un trágico motín en la comisaría Tercera de Esteban Echeverría, seccional que había sido clausurada en varias oportunidades. La primera fue el 11 de noviembre de 2011 por el Tribunal en lo Criminal (TOC) 5 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora.
El incumplimiento de la medida generó que el titular del Juzgado de Garantías 2 del mismo departamento judicial interviniera con un nuevo habeas corpus. El 20 de enero de 2018 dispuso “el inmediato traslado” de los detenidos alojados en la seccional y la prohibición de ingreso en orden a la clausura dictada por el TOC 5.
El 21 de marzo de 2018, el mismo magistrado ordenó “el inmediato traslado” de los detenidos alojados en las seccionales Primera, Segunda, Tercera, Cuar y Quinta de Esteban Echeverría, en orden al incumplimiento de las clausuras dictadas con anterioridad.
Luego de la tragedia, el juez de Garantías del Polo Judicial de Esteban Echeverría, Javier Leandro Maffucci Moore, dictaminó que “usualmente ello sucede ya que los organismos dependientes del Poder Ejecutivo desoyen los mandatos constitucionales y las órdenes judiciales, pese a las diversas resoluciones y clausuras dispuestas, lo cual llevó a tan aberrante suceso”.
No es la primera vez que Ritondo y Ferrari son citados por jueces para que aporten soluciones concretas a problemas reales. Nunca fueron. Ni en el fuero Contencioso Administrativo ni en el Correccional.