Inundaciones

La Provincia declaró emergencia hídrica para obras en 26 distritos bonaerenses

El decreto se publicó este viernes en el Boletín Oficial y se extenderá por 18 meses. Se podrán realizar contrataciones directas, apertura de rutas, canalizaciones, alteos, entre otras acciones.

Mediante un decreto firmado por la gobernadora María Eugenia Vidal, este viernes se oficializó la declaración del estado de emergencia hídrica por el término de 18 meses en 26 distritos del norte y noroeste bonaerense afectados por las inundaciones. Se da a efectos de "la realización de las obras y acciones necesarias para aliviar las consecuencias de las inundaciones y el escurrimiento superficial de las aguas" que afecta a varios sectores de la provincia.
 
Con esta medida rubricada por la mandataria provincial este jueves y oficializada hoy, se contemplan acciones en los municipios de General Villegas, Florentino Ameghino, Rivadavia, Pellegrini, Trenque Lauquen, Carlos Tejedor, General Pinto, Pehuajó, Hipólito Yrigoyen, Bolivar, 25 de mayo, Leandro N. Alem, Lincoln, General Arenales, Carlos Casares, Junín, Chacabuco, 9 de julio, General Viamonte, Bragado, Colón, Rojas, Salto, Pergamino, Arrecifes y San Nicolás.

Con esta declaración, la Provincia podrá hacer contrataciones directas, sobre las cuales se aclaró que "no podrán superar el límite de 100 mil unidades de compra".

 

Asimismo, se estableció que en la sobras y contrataciones a llevar a cabo como consecuencia de la emergencia declarada, "se deberá convocar al efecto como mínimo a tres empresas "de reconocida capacidad técnico-financiera.

 

En los considerandos del decreto se remarcar que los registros de pluviosidad de la región norte-noroeste de la provincia de Buenos Aires, recabados desde diciembre de 2015 hasta el presente resultan superiores a la medida histórica, con records que en algunos casos superan los 3 mil mm acumulados".

 

Así, se advirtió que "tales circunstancias ameritan respuestas acordes y urgentes para mitigar sus efectos, priorizando el bienestar de las personas, la comunicación de áreas urbanas y semi-urbanas, la continuidad de los servicios y la evacuación de bienes y productos en ámbitos rurales".

 

Mediante esta herramienta, se faculta al Ministerio de Infraestructura a "adoptar las decisiones que estime convenientes para evitar las agravaciones que pudieran derivarse del fenómeno meteorológico individualizado y/o solucionar los problemas aludidos en los considerandos".
 
Así, los entes bajo su competencia "podrán proyectar, contratar, dirigir, y ejecutar obras hidráulicas y trabajos tales como movimiento de suelos, terraplenes, alteos, defensas, apertura de rutas, canalizaciones, cegados, obturaciones y endicamientos de cursos de agua, clausura, modificación, restauración y mejorados de caminos rurales, vías de comunicación y accesos terrestres, como así también toda otra obra o acción que se considere pertinente para alcanzar los objetivos perseguidos con la presente declaración incluyendo contratación de servicios y adquisición de bienes".
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