Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 3533.
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Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 3533.
“Razones de administración tributaria y la necesidad de mantener el debido financiamiento del Sistema Nacional de Seguro de Salud y del Régimen Nacional de Obras Sociales, aconsejan adecuar el monto de las cotizaciones fijas en trato a fin de garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas en razón de la política de inclusión social que lleva adelante el gobierno nacional”, justifica la norma.
Lo que decidió mantener sin cambios es el componente impositivo y previsional de cada categoría.
La medida era esperada por las obras sociales, y no afecta a los monotributistas que también revistan en calidad de trabajadores en relación de dependencia.
La AFIP había anunciado un cambio general en los límites de facturación de todas las escalas del monotributo, modificación impositiva que alcanzó a más de 2 millones de personas, de las cuales 740 mil poseen una relación laboral de dependencia adicional.
En función de las nuevas escalas que dispuso el gobierno nacional al actualizar los montos de facturación, unos 450.000 contribuyentes solicitaron en septiembre la recategorización en el régimen del monotributo, lo que significó un 15,7% del total.