Con la mira puesta en un esquema de cielos abiertos, el gobierno de Javier Milei aprobó una nueva reglamentación del código aeronáutico que introduce cambios en el negocio aéreo, entre ellos el recorte de beneficios operativos a Aerolíneas Argentinas y la eliminación del monopolio en los servicios de rampas de la empresa estatal Intercargo.
La desregulación de la actividad aerocomercial también quita trabas para facilitar la llegada de compañías locales y extranjeras y dispone un nuevo esquema de asignación de espacios y horarios a las líneas aéreas en los aeropuertos.
En sintonía con los lineamientos para el sector que había fijado en el mega DNU 70/23, la administración libertaria convalidó mediante el decreto 599/24 las reglas que enmarcará la actividad. Prevé autorizaciones y habilitaciones para ampliar el mercado local con el arribo de nuevas compañías aéreas y operadoras de servicios aeroportuarios.
Aerolíneas Argentinas, tocada
Si bien las reformas representan un recorte de beneficios operativos asignados a Aerolíneas Argentinas durante las gestiones de Cristina Fernández de Kirchner y Alberto Fernández; especialistas consultados por Letra P evalúan que el nuevo tablero aerocomercial libertario no implicaría una pérdida significativa del nivel de participación e inserción en el sector de la aerolínea de bandera.
Analistas consultados estiman que por la incertidumbre económica y con el riesgo país por las nubes, "no debería esperarse una llegada masiva de nuevas competidoras que le hagan sombra en el mercado local".
No obstante, advierten que la compañía de bandera debería "ponerse las pilas para blanquear sus números internos, reducir gastos operativos y mejorar su competitividad".
Javier Milei desactiva un monopolio
A priori, la empresa más perjudicada con los cambios es Intercargo, la operadora estatal de los servicios de rampas y equipajes.
La empresa, cuyo 80% del paquete accionario pertenece al Ministerio de Economía y el 20% restante a la cartera de Defensa, atiende actualmente a la mayoría de las aerolíneas de cabotaje y vuelos internacionales.
Las únicas compañías que cuentan con servicio propio de rampas son Aerolíneas Argentinas, American Airlines y Flybondi.
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Los cielos abiertos de Javier Milei
A partir de ahora cualquier compañía aérea o empresa que cuente con equipos operativos propios o con un compromiso de compra podrá solicitar la habilitación oficial para prestar los servicios de asistencia en tierra a las aerolíneas.
Pese que para las autoridades libertarias genera una “mayor competencia y transparencia”, esa apertura no deja de representar para Intercargo un dato negativo que podría reducir su participación en el mercado y afectar su caja camino a la decisión gubernamental de privatizarla.
Paradójicamente, Aerolíneas Argentinas podría sacar provecho de esa flexibilización de los servicios de rampas con su controlada Aerohandling , que está en condiciones de ofrecer sus prestaciones a otras compañías aéreas para ampliar su línea de negocios e ingresos.
Seis principios del nuevo código
De acuerdo con el decreto 599/24, el sector aerocomercial deberá regirse desde ahora siguiendo seis principios:
- Libre acceso al mercado de nuevos explotadores a través de procedimientos administrativos breves y ágiles.
- Estímulo a la competencia leal entre los distintos explotadores aerocomerciales y operadores aeroportuarios.
- Resguardo de la seguridad operacional.
- Desregulación tarifaria y libertad en la determinación de precios.
- Vigilancia operacional de los servicios autorizados.
- Otorgamiento inmediato de capacidad y frecuencias solicitadas a los aeropuertos, salvo que existan impedimentos técnicos operativos fundados.
En materia de permisos y aprobaciones, el nuevo marco normativo establece plazos limitados y perentorios para que las autoridades reguladoras aprueben o rechacen las presentaciones de las nuevas empresas que quieran ingresar al negocio aerocomercial. Si transcurridos 30 días no hay respuesta oficial, se tomará con una “aprobación tácita” del Estado a lo solicitado.
Para el ingreso al mercado de nuevas aerolíneas ya no correrá el paso previo y obligatorio del pedido de rutas mediante la realización de una audiencia pública.
Ahora, las empresas interesadas sólo tendrán que elevar una presentación, bajo declaración jurada en formato digital, que contenga los siguientes datos: el plan de negocios, capacidad económica y financiera, rutas a operar, cantidad de aeronaves disponibles o el compromiso de tenerlas en el futuro, los seguros reglamentarios y la lista de la tripulación local o extranjera.
Espacios y frecuencias en los aeropuertos
En relación con el otorgamiento de espacios y frecuencias en las terminales aéreas, la gestión mileísta fijó un plazo de 180 días para que las autoridades de Transporte elaboren un Reglamento Transitorio, que atienda de manera “imparcial, no discriminatorio y transparente” los pedidos de las aerolíneas que prestan servicios nacionales e internacionales.
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Los cielos abiertos de Javier Milei
Según los plazos establecidos, en octubre de 2025 debería estar definido el “reglamento permanente de asignación de capacidades y frecuencias”, que se dará a conocer una vez que se hayan tomado las medidas necesarias que eviten “congestiones operativas en los distintos aeropuertos del país”.
Para el titular del gremio de los pilotos, Pablo Biró, este punto es uno de los que más interrogantes plantea “porque no se tiene en cuenta que los espacios físicos de Ezeiza y Aeroparque ya se encuentran colapsados en su capacidad aeroportuaria”.
En el nuevo esquema, las aerolíneas quedaron habilitadas para cerrar acuerdos que impliquen una “consolidación o fusión de servicios y negocios y la cesión de concesiones y autorizaciones vinculadas con aspectos no operativos aerocomerciales; siempre y cuando no resulte una práctica prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia”.