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Estatización de YPF: una jueza de EEUU falló a favor de fondos buitres contra Argentina

La medida exime a la empresa, pero el Estado deberá litigar para no pagar una indemnización de hasta USD 18 mil millones. Habrá dos instancias de apelación.

La jueza Loretta Preska, integrante de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, falló este viernes en contra de la Argentina y a favor de los fondos de inversión Burford Capital y Eton Park en una demanda por la expropiación de la petrolera YPF. Ambos grupos reclamaban que -al momento de la estatización del 51% de la empresa en 2012- el país tendría que haber hecho una oferta de adquisición por toda la firma y no sólo por una parte.

En este nuevo escenario, la Argentina tendrá dos instancias de apelación de la decisión de Preska, pero para hacerlo deberá presentar una garantía.

"Es un fallo positivo para YPF porque la jueza reconoce que la compañía no tenía responsabilidad y no es garante del Estado nacional, así que sus activos están fuera de riesgo. Por otro lado, hay que destacar que no se hace lugar a todos los pedidos de los demandantes, como que se fije el valor de la compensación", indicaron fuentes cercanas a la petrolera.

Buford había comenzado el juicio en 2015, en nombre de la quiebra de Petersen Energía, ya que había comprado la quiebra de esa empresa, que era accionista de la petrolera cuando fue la expropiación. Preska dictaminó que la Argentina es responsable, pero accedió a la petición de YPF de desestimar los reclamos en su contra.

La jueza también denegó la solicitud de los fondos buitre de fijar la indemnización por daños y perjuicios que deberá pagar el Estado nacional, que se calcula entre US$ 7.000 y 18.000 millones. Adelantó que el monto deberá fijarse en un nuevo juicio por daños.

"El Tribunal (de Nueva York) considera que los demandantes fueron perjudicados por la República, porque ellos tenían derecho a recibir una oferta pública de adquisición que les hubiera proporcionado una salida compensada (de la empresa), pero no lo hizo", señala el fallo y agrega que "los demandantes tienen tanto el derecho a reclamar daños y perjuicios o a elegir la indemnización por esos daños y perjuicios como en lugar del cumplimiento específico, es decir, que el país efectivamente lance una oferta por toda YPF".

Además, dice que la medida apropiada de esa compensación es el precio de la oferta pública de adquisición que Argentina tendría que haber hecho si hubiera cumplido con los estatutos. Sin embargo, aclara que le "resulta imposible" fijar el monto porque no puede precisar la fecha exacta en que se activó la obligación del país de lanzar la oferta.

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