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Ley ómnibus: revocan la prohibición de acercarse a Congreso a un manifestante detenido

El Ministerio Público de Defensa porteño solicitó el cese de la restricción impuestas tras la detención. Revés para el Protocolo Antipiquetes de Bullrich.

La Defensa Pública había requerido al juez que se deje sin efecto la medida por considerar que la misma le había sido impuesta a su defendido cuando se encontraba privado de su libertad y como condición para recuperarla. En otras palabras, su libertad dependía de la aceptación de esta condición.

La fiscalía durante el debate de la ley ómnibus vs. el fallo del Juzgado

En aquel momento, la Fiscalía había informado a las personas detenidas que el incumplimiento de las medidas “acarrearía la imputación del delito de desobediencia y la solicitud de su detención”. En otros casos indicó que, frente al incumplimiento, se solicitaría “la rebeldía, la captura y cuando lo encuentren la prisión preventiva”.

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Tal como afirmó el MPD, estas medidas no responden a la existencia de ningún riesgo procesal, ni peligro de fuga y/o entorpecimiento del proceso ya que la posibilidad de que las personas se acerquen al Congreso de ninguna forma implica un riesgo para la investigación penal seguida en su contra, sino que únicamente cobra sentido si el objetivo es cercenar el derecho constitucional a la libertad de expresión y reunión.

El MPD contra el Protocolo Antipiquetes aplicado durante el debate de la ley ómnibus

El MPD señaló que las detenciones se produjeron en el marco de la utilización del Protocolo Antipiquetes de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, el cual ubica el derecho a la circulación por sobre el derecho a la manifestación pacífica, en contra de los estándares internacionales de protección.

La presentación destacó, en primer lugar, que en las manifestaciones del 1° y 2 de febrero no existieron hechos de violencia por parte de los manifestantes sino que la violencia fue generada por el desmesurado despliegue policial. En segundo lugar, que la criminalización de la protesta mediante el uso indebido del derecho penal tiene como pretensión perseguir a quienes participan en las movilizaciones a los fines de disciplinar al conjunto.

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Además, advirtió sobre la utilización del Poder Judicial como medio para restringir, mediante la aplicación de una medida restrictiva, el legítimo derecho de los ciudadanos a peticionar a las autoridades y manifestarse pacíficamente.

Por todos estos motivos, el MPD había solicitado que se fijen nuevas audiencias a los fines de plantear que se dejen sin efecto las medidas restrictivas impuestas, ya que alteran derechos constitucionales y garantías individuales en juego. Entre ellas mencionó el derecho de reunión pacífica, la libertad de expresión, el derecho a la libre asociación, el derecho de peticionar a las autoridades, el derecho a la libre circulación y a la libertad ambulatoria, el debido proceso legal, el principio de legalidad y de no discriminación.

Patricia Bullrich, junto a Vicente Ventura, Waldo Wolff y Diego Kravetz. 
Patricia Bullrich, junto Vicente Ventura, Waldo Wolff y Diego Kravetz. 

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