Cuando nos expresamos en las redes sociales, miramos una serie, leemos los diarios, escuchamos música, jugamos un videojuego, buscamos información o chateamos, lo hacemos, en general, a través de plataformas o aplicaciones que corren por Internet. Esta red atraviesa nuestra vida cotidiana y, entramos, con o sin intención, a participar en este espacio digital. Este ámbito está diagramado por algoritmos, que aplican las empresas dominantes: Google –Youtube-, Facebook o Netflix, que orientan nuestros consumos culturales. Y la libertad que se pregona en este espacio entra en conflicto con las regulaciones ligadas a la neutralidad de la red.
Los algoritmos no son inocentes y operan sobre el protocolo de Internet. Por ello la ciudadanía debe exigir la llamada neutralidad en tres aspectos: la conectividad universal, límites a los proveedores del servicio y a los gigantes digitales que direccionan los datos.
A partir de la decisión del gobierno de Estados Unidos en diciembre de 2017, este protocolo se verá afectado. Las empresas proveedoras de servicios de Internet (ISP, por su sigla en inglés) podrán priorizar o bloquear discrecionalmente los contenidos y establecer un sistema de precios acorde a la capacidad de pago del usuario. Además, sus responsabilidades quedan licuadas ya que eluden la responsabilidad de los contenidos puestos a disposición por terceros, no garantizan una calidad mínima del servicio y conservan la estabilidad de un negocio basado en mercados oligopólicos y concentrados. Mientras tanto en el viejo continente, el Comisionado Europeo para la Competencia se plantea políticas anti-monopólicas y de defensa al consumidor y los estándares de privacidad (ver Inédito acuerdo de Europa con Facebook, Google y Twitter).
Los ISP tendrán la capacidad de promover vías “rápidas” y “lentas” de acceso de acuerdo a la solvencia de los generadores de contenidos o del vínculo existente entre las empresas de comunicación y los proveedores del servicio de conexión. De esta forma, el servicio resultará más lento para los sectores con insuficiente espalda financiera. Por este motivo, fomentar el trato indiferenciado y equilibrado de los paquetes de datos sería fundamental para propiciar condiciones simétricas en la circulación, difusión y consumo de información y contenidos. De lo contrario, aquellos con mayor capacidad de inversión lograrán que sus contenidos e información fluyan por los carriles más ágiles y rápidos. En tanto que el resto de los usuarios quedarán relegados a un sistema deficiente. Por tanto, el ejercicio de la libertad, en un sentido amplio, que ha caracterizado a Internet permanecerá trunca con esta iniciativa.
Esta tendencia regulatoria amenaza el “espíritu” de la arquitectura de Internet. Como señala el especialista Martín Parselis, “la mayoría de nosotros ni siquiera oímos hablar del protocolo de Internet, que es el que se compromete con el fin de la neutralidad. Las apps que utilizamos tendrán más o menos velocidad de acceso no por sus algoritmos, sino porque el fin de la neutralidad les otorgará mejores condiciones de acceso. La invasión de sus algoritmos es un tema aparte, apasionante, y que vale la pena discutir mucho. La garantía de una red neutral ha permitido enteramos de muchos sucesos que hubieran sido difíciles de informar si permanecieran en un carril que no avanza”.
Por otra parte, los dueños de los “fierros” plantean que existe un desacople entre sus ingresos y los costos, dado que su tarifa no depende del uso o tráfico de la red. Por eso, el sector intenta segmentar el mercado y discriminar los paquetes de datos del acuerdo al tipo de contenido y garantizar la calidad de servicio, en particular para un sector premium. En concreto, si un usuario quisiera mirar contenidos HD en tiempo real, podría pagar una tarifa superior para que se priorice ese paquete de datos respecto al usuario que no paga. De lo contrario, sostienen que no se podría mejorar la calidad del servicio y la seguridad de las redes.
Ahora bien, ¿qué está pasando en Argentina? Según la ley N° 26.032/05, la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, está comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión. Este dato no es menor para los debates venideros sobre la normativa que regulará las comunicaciones convergentes en nuestro país.
En 2014 la Ley Argentina Digital N° 27.078 reemplazó la Ley de Telecomunicaciones N° 19.798 de 1972. La misma declara de interés público las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y sus recursos asociados; además establece y garantiza la completa neutralidad de las redes. Los artículos 56 y 57 alude a los principios básicos de acceso y recepción de información, prohibición para bloquear o discriminar contenidos y aplicaciones, no restricciones para el uso de hardware o software y la no fijación de precios diferenciales en virtud de los contenidos, servicios, protocolos o aplicaciones de similar naturaleza. Además, legisla sobre la gestión del tráfico y su intervención en casos excepcionales. A pesar de ser un texto innovador, especialistas han sido críticos por imprecisiones, falta de especificaciones e impericia lo cual llevaría a arbitrariedades.
Desde este año circula un documento preliminar de anteproyecto de Ley de Comunicaciones Convergentes, que incluye regular sobre la neutralidad de la red. Los términos se asemejan a la actual, pero con diferencia en los llamados “Acuerdos discriminatorios”, que plantean que los proveedores de contenidos no podrán acordar con los ISP el suministro de contenidos en condiciones particulares.
El gobierno actual ha regulado vía decreto el sector audiovisual y las telecomunicaciones, con escasa o nulas instancias legislativas y en contradicción con lo que criticaban a sus antecesores.
En la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, el presidente anunció la necesidad de una nueva ley con el objetivo de mejorar la competencia, las inversiones, la reducción de precios y el incremento de la calidad para los usuarios. Macri afirmó que tanto las cooperativas como las grandes y medianas empresas tendrán lugar para expresarse en pos de garantizar la neutralidad de las redes y la pluralidad de los contenidos.
No obstante, sus dichos no se condicen con las intervenciones regulatorias de la gestión Cambiemos. En los últimos años en Argentina predomina un sigilo sobre los bombos y platillos que preconizaron todos los gobiernos de turno a la hora de regular sobre la materia. Esta desidia ha generado, como indica Martín Becerra, el desarrollo de un escenario convergente en condiciones de mayor concentración, abuso de posición dominante y cuello de botella. De este modo, sigue en deuda la armonización de los derechos y la compensación de asimetrías. La relajación de los límites a la propiedad de los medios y las telecomunicaciones muestran el vigor del mercado.
Los vaivenes regulatorios indican un escenario en conformación donde convergen los intereses económicos y corporativos con los derechos de los usuarios y las garantías sobre la libertad de expresión y la libre circulación de contenidos. Las tendencias actuales plantean la posibilidad de una Internet cercada, donde las garantías de acceso y participación queden solapadas a los acuerdos entre los gobiernos y las principales empresas. La ciudadanía es la que podría quebrar tal tendencia.
*La autoras son investigadoras del ICEP-UNQ (http://icepunq.wix.com/icepunq)/ En Twitter: @ocarboni y @c_rodriguezm