El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) publicó el 19 de septiembre en el Boletín Oficial un proyecto para modificar el Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales, aprobado por el kirchnerismo a través del decreto 2456/14. La propuesta oficial, sometida a audiencia pública el 6 de noviembre y todavía sin definición, modifica las condiciones de transmisión de la Televisión Digital Terrestre (TDT) habilitando la posibilidad de que se puedan otorgar 6 MHz por operador sin restricciones de velocidad de transmisión, aunque limita esta chance sólo a las áreas donde sea “técnicamente factible”. Esto significa que, en las zonas de conflicto, como el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), se continuaría con la política de asignación de licencias por canal fraccionado que inició el kirchnerimo.
La decisión es polémica porque el canal fraccionado limita la capacidad de transmisión de los operadores con el argumento de que no hay espectro para todos, pero al mismo tiempo se sigue sin avanzar con un relevamiento del estado de situación del espectro en las bandas VHF y UHF y su consecuente ordenamiento para garantizar la prestación de la TDT.
La ley de medios audiovisuales 26.522, aprobada en octubre de 2009, estableció en su artículo 87 que los servicios de comunicación audiovisual abierta y/o que utilicen espectro se deben instalar y operar en base a una serie de parámetros técnicos y de calidad de servicio que establece la Norma Nacional de Servicio elaborada por los organismos reguladores. Entre los criterios a tomar en cuenta se explicita la necesidad de lograr “el aprovechamiento del espectro radioeléctrico que promueva la mayor cantidad de emisoras”. A raíz de ello, cuando en septiembre de 2014 se aprobó la Norma Nacional del Servicio para la TDT, a través de la resolución 1047/2014, se redujo la capacidad de transmisión de datos que puede disponer un radiodifusor en 6 MHz para favorecer así la multiplexación digital y tratar de sumar una mayor oferta de señales. En un cuadro incluido en el artículo 7 se establecen tres formatos y una capacidad mínima y máxima para cada caso. El formato estándar de 576i/p tiene asignada una capacidad máxima de transmisión de 4,5 megabits por segundo (Mbit/s), al formato HD 720p le corresponde un máximo de 9 Mbit/s y para Full HD 1080i el tope es 12 Mbit/s.
Luego de la aprobación de la Norma Nacional del Servicio, en diciembre de 2014 la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó el decreto 2456/14 que estableció el Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales. En el artículo 5 de ese plan se ratifica que a cada licenciatario se le asignará “la capacidad necesaria para emitir el mismo contenido de su servicio analógico a través del servicio digital, con definición Full HD 1080i (1920x1080) o hasta 12 Mbit/s”.
Como destacaron en octubre de 2017 los ingenieros Miguel Ángel Pesado y Roberto Lauro, en un informe técnico elaborado a pedido del director del Enacom Guillermo Jenefes, la norma técnica ISBD-T que eligió Argentina en 2009 para avanzar con el despliegue de la TDT permite transmitir un máximo de 23 Mbit/s, de los cuales 19 Mbit/s están destinados estrictamente a la transmisión de contenidos, pero la resolución 1047/14 fija un tope de 12 megabits por segundo. Esa planificación es cuestionada por ambos especialistas porque sostienen que entra en contradicción con las bases técnicas de planificación establecidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU) que recomienda la canalización de 6 MHz para América. De hecho, subrayan que la reducción que impuso el gobierno anterior y mantiene el actual no se realiza en ningún otro país de América o Europa.
“Esta metodología de limitación de la información impuesta por la normativa argentina implica además una regresión en el desarrollo de las mejoras tecnológicas y de servicios que permitirán a la TDT poder competir con otras tecnologías de mejor calidad o de mayor disponibilidad de velocidad de transmisión como el caso de la fibra óptica o ciertas emisiones satelitales que ofrecen servicios con una máxima definición de imagen”, remarcan en su informe Pesado y Lauro, quienes de este modo dejan claro, por ejemplo, que en las actuales condiciones los licenciatarios no podrían brindar televisión 4K a través de la TDT.
La Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas (ATA), que nuclea a los históricos licenciatarios de la televisión abierta, también manifestó su disconformidad por la regulación vigente. Debido a ello, Enacom publicó en septiembre un nuevo proyecto para modificar los artículos 5 y 6 del Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales. Sin embargo, la propuesta parece haber dejado disconformes a todos.
En lo que refiere a las condiciones de transmisión, el nuevo artículo 5 que propone el gobierno establece en el inciso A que cuando mediara disponibilidad de espectro suficiente, el Enacom asignará a los titulares de licencias un canal radioeléctrico de 6 MHz, respetando el área de cobertura asignada a las licencias. Incluso agrega que se definirán los parámetros técnicos adecuados al formato de transmisión elegido por el licenciatario. Ese inciso abre la puerta para que los radiodifusores puedan disponer de la máxima capacidad de transmisión del canal.
Sin embargo, en el inciso B se agrega que cuando no resultara técnicamente factible la asignación de un canal radioeléctrico, se les otorgará a los titulares de licencias un canal digital como parte de un multiplex, el cual tendrá la capacidad necesaria para emitir el mismo contenido de su servicio analógico a través del servicio digital, con definición Full HD 1080i (1920X1080) o hasta 12 Mbit/s. Esto significa que, en muchas provincias donde hay disponibilidad de espectro los radiodifusores podrán disponer de los 6MHz, pero en el Área Metropolitana de Buenos Aires y otras zonas en conflicto la situación no cambia respecto a lo regulado por el kirchnerismo, distinguiendo al momento de otorgar un canal digital entre aquellos que son licenciatarios responsables por la multiplexación y transmisión y los que simplemente son licenciatarios incluidos en el multiplex para prestar servicios audiovisuales sin responsabilidad de operación. Esta última distinción es la que preocupa a varios especialistas porque de este modo se mantienen las asignaciones por canal fraccionado.
Lo que remarcan Pesado y Lauro es que las asignaciones por canal fraccionado se sostienen a partir de la supuesta carencia de canales radioeléctricos, pero esa premisa no está probada porque no ha habido un relevamiento del estado de situación del espectro para televisión en las bandas VHF y UHF. El gobierno de Mauricio Macri no realizó ese relevamiento ni elaboró un nuevo plan nacional de frecuencias y localizaciones y encima continuó otorgando licencias limitadas en ancho de banda, como es el caso de Perfil TV Sociedad Anónima a quien en octubre de 2016 Enacom le otorgó el canal digital 36.2 a través del decreto 2017/16.
En la actualidad no hay información precisa sobre cuál es el espectro efectivamente disponible para la TDT. No está claro todavía si el apagón analógico se concretará finalmente en septiembre del año próximo y qué se hará con el espectro que se libere. Tampoco se ha resuelto qué hacer con las televisoras codificadas que transmiten por aire en la banda de 512 a 698 MHz, la cual podría quedar a disposición de la televisión digital abierta. Hubo un intento para forzar su migración a la banda de 12,2 a 12,7 GHz, pero las condiciones para transmitir en esa porción del espectro son muy adversas y las televisoras codificadas lograron que el Enacom por ahora deje su mudanza en suspenso. Esta disputa también es seguida con atención por las telefónicas que permanentemente presionan para obtener más espectro debido al creciente consumo de datos que demandan los usuarios de celulares.