ELECCIONES 2017

Al final, Menem podrá ser candidato a senador en octubre

La Cámara Nacional Electoral, con la integración de nuevos jueces, consideró que el plazo para presentar impugnaciones estaba vencido, en línea con lo dicho por la Corte.

En un nuevo fallo, la Cámara Nacional Electoral, con la integración de los camaristas del fuero penal federal Eduardo Farah, Martín Irurzun y Jorge Luis Ballestero, habilitó este martes la candidatura a senador nacional del ex presidente Carlos Menem, quien podrá presentarse en las elecciones de octubre.  

 

Los jueces resolvieron rechazar las impugnaciones a la candidatura de Menem al considerar que el plazo para la presentación de impugnaciones se encontraba vencido, así como también que la decisión de la Corte Suprema del 22 de agosto último había dejado en claro que la condena dictada por la Sala I de la Casación Federal en la causa “Armas” no se encuentra firme por lo cual no es impedimento para la postulación a senador nacional, informó el Centro de Información Judicial. 

 

“A poco que se observe el cronograma electoral 2017 y la fecha de presentación de la impugnación de que ahora se trata se advierte que los plazos, como lo señala el ‘a quo’ se hallaban un mes vencidos desde la fecha de oficialización de la precandidatura cuestionada, evento que provoca una serie de efectos electorales que no pueden ser subsanados jurisdiccionalmente”, señalaron los jueces.

 

 

El 22 de agosto, con durísimas críticas jurídicas, la Corte Suprema revocó el fallo de la Cámara Nacional Electoral, que había rechazado la posibilidad de que el ex presidente Menem fuera candidato a senador nacional por la provincia de La Rioja y le ordenó dictar un nuevo fallo. 

 

En esa oportunidad, el Superior Tribunal consideró que el fallo de la Cámara tenía "graves defectos jurídicos que hacían imposible" mantenerlo. Señaló que el tribunal electoral "no analizó el planteo relacionado con la legitimación" de quien presentó la impugnación contra la candidatura del ex presidente, y tampoco examinó la "preclusión",  es decir, si había vencido el plazo para la impugnación, cuestión que ha sido muy importante en la jurisprudencia del alto tribunal para dar seguridad jurídica. De esta manera, entendió la Corte, afectó los derechos de quienes invocaron defensas en el proceso.

 

 

 

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