El futuro jefe de los fiscales bonaerenses, Julio Conte Grand, deberá pasar el filtro de la Cámara alta provincial antes de poder asumir. El poder Ejecutivo tiene que girar el pliego y tener el acuerdo de los senadores para poder llegar a su cargo. Antes deberá responder inquietudes de los legisladores. Necesita la mayoría absoluta.
Luego del anuncio de la salida de María del Carmen Falbo y la candidatura de Conte Grand al frente de la Procuración general de la provincia de Buenos Aires, es el Senado bonaenrese quien debe accionar para garantizarle a la gobernadora María Eugenia Vidal que su postulante pueda empezar a ejercer en sus funciones.
Para ello se deberá reunir la comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos del senado bonaerense y, como sucede, cuando se presta acuerdo para la designación de un fiscal o juez se lleva adelante el mismo mecanismo. El que establece la ley de Ministerio Público 14442.
Desde el artículo 13 al 19 de esa misma ley se especifica qué es lo que debe hacer el Senado hasta finalmente prestar el acuerdo. Una vez girado el pliego de Julio Conte Grand, los legisladores pedirán la presentación de sus antecedentes por escrito, información relacionada con su situación patrimonial y demás requisitos que considere pertinente.
LEY 14442. ARTÍCULO 13.- Presentación de antecedentes. Recibido el pliego del postulante por parte del Poder Ejecutivo, el Honorable Senado de la Provincia, por intermedio de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, requerirá a la persona considerada para cubrir el cargo:
La presentación de sus antecedentes por escrito.
Información relacionada con su situación patrimonial.
Demás requisitos que considere pertinente.
Si bien está llamada la sesión para este jueves no se votará el pliego del futuro Procurador. Es que cuando su expediente ya esté en estudio se abre un plazo de 15 días “para que los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales y las entidades académicas, presenten, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar”.
De esta manera, si el trámite corre por los carriles normales recién será a fin de mes la designación de Conte Grand o deberá esperar hasta el año que viene. Es que la prestación de acuerdos de hace dentro del período de sesiones ordinarias, que finaliza el miércoles 30 de noviembre.
LEY 14442. ARTÍCULO 15.- Presentación de observaciones. El Honorable Senado de la Provincia habilitará un plazo de quince (15) días para que los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales y las entidades académicas, presenten, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar.
No serán consideradas aquellas objeciones irrelevantes desde la perspectiva de la finalidad del procedimiento que establece esta Ley o que se funden en cualquier tipo de discriminación.