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La justicia porteña rechazó un amparo contra la demolición de un teatro donde cantó Gardel

Se trata de ex Cine Teatro Urquiza. Los vecinos pedían preservar el inmueble pero la sentencia falló que el edificio no poseía valor cultural.

La titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 7, Lidia Lago, resolvió rechazar el amparo presentado por vecinos de Parque Patricios, quienes solicitaban  que se de protección al inmueble ubicado en la Avenida Caseros 2826, donde funcionó el Cine Teatro Urquiza.

 

En aquella instalación habían actuado Carlos Gardel, Aníbal Troilo y Tita Merello, entre otros artistas. En el año 1960 había cerrado sus puertas para convertirse en una concesionaria de automóviles y un supermercado. Es por ello que en los fundamentos de la sentencia de rechazo al amparo colectivo impulsado, la magistrada sostuvo que “la actora no ha podido demostrar que el inmueble de autos posea un valor arquitectónico y cultural que permita sostener que lo dictaminado por el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) no se ajusta a derecho”. 

 

Sucede que un dictamen realizado por el CAAP afirmaba que el inmueble “no acredita valores patrimoniales que ameriten propiciar su protección a través de la catalogación luego de haberse realizado el estudio técnico de acuerdo a los criterios de valoración dispuestos en el Código de Planeamiento Urbano en el art.10.3.2”.

 

Sin embargo los vecinos solicitaban que se adopten las medidas necesarias para la preservación del ex Cine Teatro Urquiza, por su carácter de patrimonio cultural y arquitectónico, que se ordene al Gobierno de la Ciudad a cumplir sus obligaciones constitucionales y legales relacionadas con la protección y tutela del patrimonio arquitectónico y cultural en relación al Cine Teatro Urquiza.

 

Además pedían que se declare la nulidad absoluta de la resolución de la Comisión Asesora de Asuntos Patrimoniales en cuanto desestimó la protección del inmueble, que se suspenda la demolición del predio, así como la realización de cualquier obra que altere su fisonomía y características y que se ordene al Gobierno a arbitrar los medios para que “en un procedimiento que contemple la adecuada participación de los vecinos, se preserve el inmueble para exhibiciones cinematográficas y teatrales, así como el desarrollo de diversas actividades culturales en beneficio de los vecinos del barrio y de la Ciudad”; pero por el momento ello no ocurrirá. 

 

En contraposición la juez Lago valoró el proyecto propuesto por el propietario del inmueble “Establecimiento Campana SA” el cual plantea que la demolición no será total, sino que “preservará la fachada de lo que alguna vez fue el Cine Teatro -y la única parte del edificio que posee verdadero valor histórico-“, y construirá detrás de esta un edificio nuevo con una pequeña sala con acceso independiente en la planta baja, que pueda ser utilizado por la comunidad.La sentencia que rechazaba el amparo fue apelada y se encuentra en trámite ante la Cámara de Apelaciones. 

 

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