El proyecto legislativo del Senador Luciano Martini (FpV-PJ), impulsado en la provincia por el gobernador Daniel Scioli en el año 2010, tuvo su visto bueno en la Cámara Baja para adecuarse a la normativa sancionada a nivel nacional.
La iniciativa que tenía media sanción en la Cámara Alta, votada por todos los bloques legislativos, pretende ampliar los criterios técnicos y el alcance de la normativa vigente, en concordancia con la ley nacional.
Con este avance en la Comisión de Salud, el proyecto podría ser sancionado con fuerza de ley en la sesión legislativa prevista por la Cámara de Diputados para el 16 de julio próximo.
El proyecto propone incluir en las prestaciones de prácticas y procedimientos obligatorios, aquellos tratamientos de fertilización asistida que no están comprendidos en la ley provincial sancionada en 2010, la cual limita su alcance a las técnicas de fertilización homóloga.
El respaldo a la adecuación ganó fuerza a través de los integrantes de la Asociación Civil “Sumate a Dar Vida“, y la ONG “Abrazos por dar vida”, con quienes se trabajó los avances de la propuesta.
Con la adecuación, se busca ampliar criterios y conceptos técnicos para poder garantizar el derecho a la salud como un derecho humano fundamental y el acceso de toda persona a los recursos sanitarios básicos.
El proyecto toma como referencia lo que la Organización Mundial de la Salud contempla en los Tratamientos de Reproducción Asistida (TRA), como los procedimientos y técnicas de baja y alta complejidad que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones, los cuales hoy no están comprendidos en el alcance de la ley provincial sancionada.
Además, permitirá ampliar el nivel de cobertura a personas que requieran un tratamiento de fertilización, sin limitar o excluir casos debido a la orientación sexual o el estado civil de los destinatarios.
La reforma de la ley 14.208 incluye a su vez los servicios de guarda de gametos/embriones, en casos específicos que lo requieran.
El proyecto también propone ampliar el criterio de los beneficiarios de la ley, estipulando que “todos los habitantes de la provincia, siendo mayores de edad y teniendo dos años de residencia, podrán acceder a los tratamientos con cobertura pública o de cualquier obra social o medicina prepaga”.
Asimismo, reconoce la reciente sanción y promulgación de la Ley Nacional 26.862, que regula la aplicación y cobertura de las técnicas de reproducción humana asistida.
El espíritu de esta nueva ley como su reglamentación aborda explícitamente la cobertura al 100% tanto de la medicación requerida, que resulta imprescindible para abordar los tratamientos, como de la crio preservación de embriones necesaria para evitar los embarazos múltiples y los riesgos a la salud que éstos conllevan.