Judiciales

Alak: “En la opción corporaciones o democracia, elegimos la democracia”

“En la opción corporaciones o democracia, elegimos la democracia más allá de la fuerza política que elija la voluntad popular” sostuvo hoy el ministro de Justicia, Julio Alak, en la defensa del proyecto de ley que establece el voto ciudadano para la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura, realizado ante el plenario de comisiones de Asuntos Constitucionales, Justicia y Presupuesto de la Cámara de Diputados de la Nación.

Alak, junto al secretario de Justicia, Julián Alvarez, asistieron hoy al Congreso para exponer sobre los seis proyectos elevados por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, destinados a establecer tres nuevas cámaras de casación -en materia Contencioso Administrativo, Civil y Comercial y Laboral y Previsional-; la elección popular directa de los integrantes del Consejo de la Magistratura y la regulación de las medidas cautelares para proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad y al Estado frente a los intereses de las corporaciones.

 

Alak fundamentó los proyectos destinados a la democratización de la Justicia al considerar que “la gran mayoría de la población desea una transformación del poder judicial a través de la mayor participación, transparencia, concursos y meritocracia”.

 

“El pueblo ha hecho enormes sacrificios para fortalecer la democracia. Ha entregado miles de vidas en un proceso que tiene sus antecedentes en la Revolución del Parque, la Ley Sáenz Peña, el voto femenino, el matrimonio igualitario, la eliminación del Colegio Electoral para elección de Presidente de la Nación y la elección directa del Jefe de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires”, enumeró el ministro.

 

Parafraseando al General Perón, Alak enfatizó que “el pueblo cada vez más va a buscar mecanismos directos de elección popular. El pueblo es como el río que va siempre buscando su cauce y, cuando encuentra un dique, busca una grieta y al final pasa”, al considerar que “la democratización es imparable”.

 

Agregó que “el Poder Judicial necesita que se discutan sus mecanismos de representación. No es un debate nuevo, la Constitución de 1994 tomó la experiencia de Italia, España, Francia, países en los que también se intentó corregir el déficit democrático del Poder Judicial”.

 

Explicó que “en España, desde 1985, las corporaciones de la magistratura proponen 36 representantes y el parlamento elije 12, y en  Francia el Presidente de la República es el titular del Consejo de la Magistratura, mientras que aquí directamente las corporaciones los elijen y , por lo tanto, hay un fuerte déficit democrático de origen”.

 

Subrayó que “si a los jueces y abogados, integrantes de la Consejo de la Magistratura, los elijan 20 millones de argentinos, vamos a elegir mejores jueces que si los designan 700 jueces y 20 mil abogados”.

 

Sobre las tres nuevas cámaras de Casación propuestas, reflexionó que “va a ser más ágil la tramitación de los juicios, porque la respuesta acá y en el mundo es la Casación. De esta manera se disminuirá la cantidad de expedientes que llegan a la Corte Suprema” al que le ingresan entre 13 y 20 mil expedientes por año”.

 

Medidas cautelares

 

Sobre las medidas cautelares dijo que “no es novedad la existencia del Fuero Contencioso Administrativo en otros países, que generalmente tomamos como modelo, y también en las provincias argentinas. ¿Que me digan qué provincia argentina no tiene Código Contencioso Administrativo?”, desafió e interrogó “¿Quién no lo tiene?: el Estado nacional. Por qué –se respondió- porque el poder económico se ha opuesto para que el estado sea débil y así ganarle los juicios”.

 

Recordó que los ex presidentes “Perón y Alfonsín quisieron hacerlo y no pudieron por esa oposición, ¿no les parece raro?”, preguntó el ministro.

 

Explicó que “en la provincia de Buenos Aires la reforma del 94 estableció que las cautelares contra el Estado tramitan únicamente en el Fuero Contencioso Administrativo. Si así fuera en la Nación un juez no podría juez dejar suspendida una ley (como la de Servicios de Comunicación Audiovisual) durante tres años”.

 

“Quisiera  ver  si en Francia, España, Italia o en la provincia de Buenos Aires un juez podría suspender el efecto de una ley por tres o cuatro años”, sentenció finalmente.

 

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