El Juez Dante Rusconi, a cargo de dicha sanción, manifestó en declaraciones a Radio Provincia que “recabamos datos de usuarios que fueron citados a declarar y nos contaron cómo eran atendidos en la empresa, y se le imputó la violación a la Ley de Defensa del Consumidor que claramente establece que los proveedores de servicios públicos tienen que brindar atención personalizada y trato equitativo y digno”.
Además sostuvo que “fue imputada la infracción y se llevo a cabo un período extenso de pruebas, ya que era una cuestión compleja para acreditar. La empresa se defendió argumentando que en verdad atención personalizada no es lo mismo que atención presencial, y que brindaban atención personalizada a través de los teléfonos, fue todo un ejercicio muy pormenorizado de la interpretación de la norma para demostrar que estaban fuera de la ley”.
Para finalizar, el juez dijo que “no podemos obligar a la empresa a revisar su modelo de gestión, porque los organismos de control que deben realizar uniformemente estos controles y de ese modo desalentar esta conducta no lo hacen, entonces no soy optimista con esto”.