La norma 26.904 fue sancionada el 13 de noviembre pasado por el Senado y quedó promulgada con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 2036/2013, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak.
La ley incorpora como artículo 131 del Código Penal, en el que se establece que “será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.