El diputado remarcó que la propia Suprema Corte, ante el dictamen de mayoría de la Comisión, no sólo ordenó abrir una investigación contra el juez que intervino en la causa, sino que también instó a realizar las correspondientes denuncias penales frente a las anomalías encontradas en el proceso judicial, en una clara señal al presidente de la comisión e integrante del FPV.
Dice textualmente la respuesta del máximo tribunal: “…surgiendo del referido informe -con independencia de los hechos investigados en la causa “Rodríguez, Candela Sol”- la probable comisión de conductas eventualmente ilícitas, requiérase al señor titular de la Comisión, tenga a bien comunicar a esta Suprema Corte si se han efectuado denuncias penales al respecto. En su defecto, promuévanse las presentaciones pertinentes (art. 287 del Código Procesal Penal)”.
“Casal, como máximo responsable de la seguridad en Buenos Aires, conocía que el asesinato de Candela estuvo vinculado a grupos del narcotráfico que operan en la región junto a la policía bonaerense. La existencia de esas bandas tiene mucho que ver con complicidades, zonas liberadas y protecciones de las que nadie se hace cargo”, cuestionó Martello.
Agregó que “el ministro es el principal responsable político de este escándalo, que no puede quedar impune. La única forma de que no vuelva a haber otra Candela en la provincia es no quedarnos en acciones meramente declarativas y que aquellos funcionarios, fiscales y jefes policiales que tuvieron directa participación en el caso reciban una sanción ejemplificadora”.
El juicio político es una facultad que le concede la Constitución de la Provincia, en su artículo 73, inciso 2, al poder legislativo bonaerense.
Entre los fundamentos del pedido, se destaca que “el espectacular accionar policial durante la búsqueda tuvo como objetivo responder a la presión mediática y desviar la investigación del verdadero territorio en que se desarrollaba el caso. Atentó dramáticamente contra la posibilidad de encontrar con vida a Candela. Produjo encubrimiento de autores y móvil del asesinato”.
Otro de los argumentos hace hincapié en que “se malogró insalvablemente la posibilidad de levantamiento de evidencias físicas por parte de los peritos al no preservar la escena de la aparición del cuerpo de Candela Sol Rodríguez. El lugar fue invadido por una multitud de funcionarios políticos, policiales y familiares. Los peritos sólo tuvieron entre 30 y 40 minutos para realizar el levantamiento de evidencias físicas en el lugar del hallazgo del cuerpo de Candela”.
Por último, el pedido de juicio político se sustenta en que existirían pruebas concretas acerca de que la policía “armó” la presunta banda criminal imputada del hecho, empleando para ello testigos de identidad reservada. “La caracterización de este período (5 de Septiembre a 26 de Septiembre de 2011), es el de una actividad investigativa que invierte el orden lógico: primero detiene y a posteriori fuerza las pruebas y los vínculos para sostener las detenciones”, concluye la presentación.