SANTA FE

La fiscal general Vranicich se cura en salud: limita por norma la contratación de familiares

La jefa del MPA emitió una resolución que alcanza a los regímenes de contratación de servicios profesionales y pasantías. Ni relaciones parentales ni de afinidad con funcionarios jerárquicos.

La Fiscal General de Santa Fe, María Cecilia Vranicich, emitió una resolución de autolimitación en la contratación de servicio profesionales o de pasantes con vínculos de afinidad o parentesco con personal jerárquico del Ministerio Público de la Acusación.

La resolución dispone como límite para "la vinculación de personal del MPA en el marco del Régimen de Contratación de Servicios Profesionales o el Régimen de Pasantías la existencia de un vínculo de matrimonio, convivencia o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o el segundo de afinidad respecto de todos los funcionarios jerárquicos de este ministerio".

En el segundo artículo instruyó que la "Dirección de Recursos Humanos emita informe a la Administración General debiendo notificar de forma fehaciente la existencia de parentesco mencionados".

"Es pertinente estipular una autolimitación por parte de esta fiscalía general en relación a las personas a vincularse con el MPA en el marco de los regímenes referidos de contratación y pasantías cuando exista un vínculo de matrimonio, convivencia o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en relación a los funcionarios jerárquicos de este ministerio", dice en los considerandos Vranicich.

Se detalla que en esa categoría entran la propia fiscal general y los directores de los órganos de apoyo, los fiscales regionales, secretarios regionales y demás órganos de apoyo de las fiscales regionales, fiscales y fiscales adjuntos.

La Fiscal General no proviene de carrera judicial y por tanto no encuadra en la muy difundida "familia judicial". Hasta abril pasado se desempeñó como Auditora General del MPA. Pero antes fue una de las funcionarias de los primeros gobiernos del Frente Progresista, en las segundas y terceras líneas del Ministerio de Justicia, que tuvieron un papel protagónico en el diseño de la profunda reforma del Código Procesal Penal de la provincia y en su compleja implementación, ya que tanto el MPA como el Servicio Público de la Defensa Penal nacieron y se armaron desde cero como organismos autónomos a partir de esa reforma.

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