JUDICIALES

Piumato le da la espalda a Rizzo y apoya un amparo de Encuentro de Abogados

El gremio que lidera adhirió a un reclamo por mejoras para abogados que se desempeñan en la Justicia Nacional del Trabajo, que motorizó una agrupación opositora a Gente de Derecho.

A poco menos de un mes de las elecciones en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y de prestar su apoyo al candidato ganador, Jorge Rizzo, el sindicalista Julio Piumato instruyó a la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN), gremio que conduce,  a brindar apoyo a un amparo presentado por la agrupación Encuentro de Abogados –rivales de Rizzo en la última elección- para que se reactive el funcionamiento en la Justicia Nacional del Trabajo.

 

En concreto, adhirieron a la medida los gremios con mayor representatividad en la Justicia Nacional, que se sumaron al amparo presentado por la agrupación Encuentro de Abogados, que tiene el objeto de que se declare la emergencia administrativa, presupuestaria y de seguridad e higiene en la Justicia Nacional del Trabajo.

 

La Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN) y la Asociación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación (AEFPJN) se sumaron a los más de mil abogados que se adhirieron a la medida que se encuentra bajo el expediente Oszust, Nicolás y otros c/ en-pjn s/ amparo Ley 16.986.

 

“Este amparo demuestra las grandes fallas que existen hoy en los juzgados laborales, donde los abogados no cuentan con las herramientas básicas para llevar adelante su trabajo”, disparó Oszust, quien repartió críticas contra la conducción del CPACF por “no sumarse a la iniciativa para mejorar la calidad de los trabajadores”.

 

Según precisaron los promotores de la medida cautelar, el Defensor del Pueblo de la Nación no adhiere formalmente a la iniciativa por estar efectuando una investigación similar, pero si brindó su apoyo a la cuestión.

 

Entre los puntos más importantes en el amparo presentado se destacan: la entrega inmediata de insumos para el adecuado desempeño de los juzgados de dicho fuero; la emisión de una resolución por medio de la cual se le indique a los magistrados que no pueden trasladar sus responsabilidades a los abogados en concordancia con lo dispuesto por la Ley 18.345.

 

Además, la realización de los concursos necesarios y/o elevación de ternas del Poder Ejecutivo Nacional a fin de que con la mayor celeridad posible se designen jueces titulares en los juzgados vacantes; la realización de las mejoras edilicias necesarias para la correcta administración de justicia y  la adopción de medidas necesarias para que se adapten al sistema Lex 100 a las especificidades del fuero laboral.

 

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