Política

Se oficializó la creación de la Agencia Federal de Inteligencia

Letra P.- El Gobierno dispondrá de 120 días para reestructurar el organismo, y entre otras cosas reformulará el ingreso de personal y dejará a cargo de la Procuración General de la Nación las escuchas telefónicas judiciales.

En el Boletín Oficial se publicó el decreto de la puesta en vigencia de la Ley N° 27.126 que dispone la creación de la AFI, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, y el ministro de Justicia, Julio Alak.

 

El Poder Ejecutivo podrá ahora pasar a disponibilidad a los antiguos agentes de la ex Secretaría de Inteligencia (SI), según lo establece el artículo 28 de la norma, por lo que Oscar Parrilli dentro de los próximos 120 días dispondrá “la jubilación extraordinaria de aquellos agentes que, sin perjuicio de su edad, hayan reunido los requisitos para obtener la jubilación voluntaria, y no sean necesarios sus servicios”.

 

Dentro de las principales funciones del nuevo organismo, se destaca “la producción de inteligencia nacional mediante la obtención, reunión y análisis de la información referida a los hechos, riesgos y conflictos que afecten la defensa nacional y la seguridad interior, a través de los organismos que forman parte del sistema de inteligencia nacional”.

 

También establece que “la producción de inteligencia criminal referida a los delitos federales complejos relativos a terrorismo, narcotráfico, tráfico de armas, trata de personas, ciberdelitos, y atentatorios contra el orden económico y financiero, así como los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional”.

 

Asimismo, la ley dispone que se transfiere “a la órbita de la Agencia Federal de Inteligencia las competencias y el personal que se requiera de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, dependiente del Ministerio de Seguridad, referidas a las actividades” vinculadas “a los delitos federales complejos y los delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional”.

 

Otro aspecto destacado es que tanto el director como el subdirector, podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo, mientras que la Procuración General de la Nación, a cargo de Alejandra Gils Carbó, estará a cargo de las escuchas telefónicas.

 

El artículo 21 de la ley dispone que se transfiera “al ámbito de la Procuración General de la Nación del Ministerio Público, órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera previsto en la Sección Cuarta de la Constitución Nacional, la Dirección de Observaciones Judiciales y sus delegaciones, que será el único órgano del Estado encargado de ejecutar las interceptaciones o captaciones de cualquier tipo autorizadas u ordenadas por la autoridad judicial competente”.

 

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