Judiciales

Ley de medios: para la Cámara Federal 2 artículos son constitucionales y 2 no

Los camaristas dictaron como constitucionales los artículos 161 (desinversión) y el 41. Y declararon que parte del artículo 45 (cantidad de licencias) y el 48 son inconstitucionales. El próximo y último paso será la Corte Suprema de la Nación. El juez de primera instancia y el fiscal a cargo se habían pronunciado a favor de la norma.

A pesar del fallo de primera instancia y del dictamen de la fiscalía, la Cámara Civil y Comercial Federal falló a favor del Grupo Clarín y declaró la inconstitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

 

Yendo contra toda lógica judicial, los camaristas María Susana Najurieta, Francisco De las Carreras y Ricardo Guarinoni, enfrentados a la administración nacional, declararon que el artículo que establece un tope a la multiplicidad de licencias no está en concordancia con lo que establece la carta magna.

 

La Cámara falló que los artículos 161 y el 41 son constitucionales. En tanto, estableció que parte del apartado 45 y el 48 son inconstitucionales.

 

En ese sentido, el artículo 45 establece la cantidad de licencias de medios audiovisuales que puede poseer una persona física o ideal.

 

En tanto, el 161 establece que los titulares de medios deberán someterse a la desinversión en orden a lo que establece el artículo 45. Es decir, quienes no cumplan con la cantidad de licencias estipuladas en ese apartado deberán desprenderse de sus medios para ajustarse a la letra de la ley.

 

La próxima acción por parte del Gobierno nacional será presentar una apelación ante la Corte Suprema de la Nación, última instancia que definirá cuál será, a casi cuatro años de su sanción, el destino de la conocida Ley de Medios.

 

Fuente: InfoNews

 

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