Cada partido político que participa de las elecciones 2023 puede designar a una persona para que actúe de fiscal y que lo represente en las mesas receptoras de votos. También tienen la posibilidad de nombrar a otra persona como fiscal general en cada establecimiento educativo, el cual se encargará de coordinar a los primeros.
Únicamente en las PASO, debido a la cantidad de listas internas, podrá haber tantos fiscales de mesa como listas se presenten.
La misión de los fiscales es controlar y verificar el debido cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, durante el transcurso de la jornada electoral. Para esto, según la Dirección Nacional Electoral (DNE), cuentan con diferentes permisos y herramientas de las que pueden hacer uso:
- Entrar y salir libremente del establecimiento de votación.
- Pedir que se examine el cuarto oscuro cuantas veces se considere necesario.
- Estar presente cuando se acondicione el cuarto oscuro.
- Entregar las boletas de la agrupación política que representan a las autoridades de mesa para su colocación en el cuarto oscuro y su eventual reposición.
- Controlar la existencia del elector en el padrón.
- Solicitar la impugnación de la identidad del elector o electora si así lo considera y justificarlo, dando lugar al voto impugnado.
- Presenciar el escrutinio de mesa.
- Recurrir los votos por las razones que la ley contempla y justificarlo.
- Reclamar ante cualquier irregularidad.
- Solicitar el certificado de escrutinio con los resultados correspondientes en la mesa en la que actuaron.
¿Quiénes pueden ser fiscal de mesa?
Cualquier ciudadana o ciudadano que vote en el distrito y que sepa leer y escribir puede ser fiscal de alguna agrupación política, la cual deberá extenderle un poder que contendrá su nombre y apellido, número de DNI y firma. Este documento es para presentado ante la autoridad de la mesa donde actúa.
En ningún caso podrán desempeñarse simultáneamente en una misma mesa de votación dos fiscales de mesa de una misma agrupación política. Sí está permitida la actuación conjunta de fiscales generales y de mesa.
Hay un tercer tipo de fiscal que pueden presentar los partidos: el fiscal informático, cuya labor es representar a las agrupaciones en el momento del recuento de los datos.