Tras la firma del acuerdo entre el gobierno provincial y la Nación por la histórica deuda de coparticipación, el diputado provincial Nicolás Aimar elaboró un proyecto de ley para que los municipios y comunas puedan solicitar de inmediato el dinero que les corresponde. La iniciativa del legislador socialista cuenta con el apoyo de todo el bloque. “Queremos salvaguardar sus intereses estableciendo un mecanismo voluntario y alternativo de cobro de los fondos que les fueran indebidamente retenidos”, explicó.
La propuesta consiste en la creación de un Fondo de Asistencia Especial para Municipios y Comunas de la provincia de Santa Fe, que se financiará con lo que recibe la provincia en los distintos vencimientos de los bonos. “A partir de este fondo, los gobiernos locales podrán acceder al dinero que les corresponde y destinarlo en lo que crean conveniente para mejorar la calidad de vida de las y los santafesinos”, precisó Aimar.
En ese sentido, resaltó que “la lucha por recuperar esos fondos comenzó cuando Hermes Binner llegó a la Corte con el reclamo y se sostuvo durante la gestión de Antonio Bonfatti, cuando se logró el fallo favorable”. “Durante la gobernación de Miguel Lifschitz, la Legislatura convirtió en ley un mensaje del Ejecutivo que habilitaba a los gobiernos locales a solicitar los fondos que les correspondían a cuenta del pago de Nación”, agregó.
Según señaló, esta ley busca darle continuidad “a la idea que socialismo sostuvo desde el primer momento: que el dinero es de los municipios y comunas”. “Pretendemos reconocer el conocimiento que estos tienen acerca de las necesidades de sus territorios, de cómo dar respuestas inmediatas y cercanas a la ciudadanía”, argumentó.
Alcances y plazos
Según explicaron, la iniciativa establece cuáles son las condiciones y formas en las que los gobiernos locales pueden solicitar los fondos. En esa línea, detalla cómo se debe calcular el monto máximo, cómo recuperará la provincia el dinero y los plazos de respuesta a los pedidos.
De esta manera, se indica que el monto máximo a solicitar “equivale al saldo pendiente de transferencia por parte de la provincia, actualizado de acuerdo al componente CER previsto en el instrumento de pago acordado en el convenio mencionado, al momento de la solicitud”. Y precisa que el monto otorgado será un anticipo a cuenta, que luego será retenido por la provincia, al momento de cada amortización o pago de interés de acuerdo a las condiciones previstas, “hasta el monto que hubiese correspondido coparticipar al ente solicitante y en la cantidad de cuotas necesarias para su recupero, coincidentes con el cronograma de pagos estipulados en el instrumento convenido”.
También se aclara que la provincia no podrá establecer costo ni ninguna tasa incremental al solicitante y que la solicitud la deberán realizar las autoridades municipales al ministro de Economía. En la misma se deberá aclarar el monto solicitado y la provincia tendrá hasta 20 días hábiles de recibida la nota para efectivizar la transferencia solicitada. Por último, establece que el Ejecutivo deberá remitir mensualmente un informe a la Legislatura brindando los pormenores de los anticipos solicitados y otorgados consignando los montos.