El diputado nacional Gustavo Valdés (UCR-Corrientes) presentó un proyecto de ley para modificar el Código Penal incorporando el artículo 155 bis que tipifica con pena de prisión de un año a tres y/o multa de doce a veinticuatro meses el que difunda, revele o ceda a terceros imágenes y grabaciones audiovisuales, sin autorización de la persona afectada, y que hubieren sido obtenidas con su consentimiento o anuencia. Además, la pena se impondrá en su mitad superior cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia y cuando quien se vea afectado sea una persona menor de edad.
“El sexting es una práctica peligrosa que se ha incrementado y que se refiere al envío de fotos o videos de contenido sexual entre personas que mantienen un vinculo afectivo” señaló Valdés y agregó que “Este fenómeno se ha vuelto peligroso por el riesgo que conlleva la pérdida de control de esas imágenes que afectan de una manera directa a la intimidad, y que una vez en poder de un tercero pueden ser difundidas con la rapidez y multiplicidad que permiten las nuevas tecnologías”.
“Con el presente proyecto lo que buscamos es penar la divulgación no autorizada de grabaciones o imágenes íntimas obtenidas con el consentimiento de la víctima, pero luego divulgadas sin que ésta lo sepa, práctica que ha sido detectada con frecuencia entre los jóvenes” sostuvo el diputado radical.
La revolución tecnológica y la facilidad para la realización y difusión de imágenes han favorecido la aparición de nuevos hábitos de conducta que pueden lesionar la intimidad de las personas. El actual artículo 155 del código Penal no contempla como delito el hecho de que una persona difunda imágenes o videos de contenido sexual de su pareja a través de las redes sociales.
“Pretendemos modificar los delitos relativos a la intromisión en la intimidad de los ciudadanos no tipificados ni encuadrados en las generales del artículo 155, con el fin de solucionar un problema actual vinculado a nuevas conductas y para darle una respuesta a aquellas personas que ven imágenes suyas o grabaciones, obtenidas con su consentimiento en un ámbito personal, pero divulgadas contra su voluntad y que terminan lesionando gravemente su intimidad” dijo el legislador.
“El derecho a la intimidad es el que tiene toda persona humana a que sea respetada su vida privada y familiar, y ese es el derecho que debemos tutelar frente a cualquier injerencia u hostigamiento. Es cierto que la naturaleza voluntaria de tomar o enviar imágenes hace difícil la protección penal pero es nuestro deber como legisladores buscar vías alternativas de castigo ante el vacío legal que existe en la materia” finalizó Valdés.