El fallo de la Sala II del Tribunal de Apelaciones revocó lo resuelto por la juez federal María Servini de Cubría al considerarlo “prematuro”. Los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun ordenaron continuar con la investigación.
El fallo de la Sala II del Tribunal de Apelaciones revocó lo resuelto por la juez federal María Servini de Cubría al considerarlo “prematuro”. Los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun ordenaron continuar con la investigación.
“La evaluación independiente de las conductas desde la perspectiva penal deviene ineludible”, consideraron en la resolución en referencia a la denuncia por supuesto “abuso de autoridad”
En la denuncia se hizo hincapié en la “paulatina merma” de publicidad oficial que se verificó en los medios controlados por Artear S.A desde el año 2010 hasta llegar a los períodos de exclusión completa “transcurridos durante el primer trimestre de 2012 y entre septiembre de ese año y septiembre de 2013″.
En junio del año pasado, el Tribunal Contencioso Administrativo Nº4 hizo lugar parcialmente a la demanda presentada por Artear contra Abal Medina y Scoccimarro y ordenó que se “disponga la elaboración y presentación en la instancia de origen y en el plazo de 30 días de quedar firme la presente, un esquema de distribución de publicidad oficial que comprenda a las emisoras América TV, Telefé, Canal 9, la Televisión Pública y Artear”. En aquel momento, los magistrados descartaron iniciar cargos contra ambos funcionarios.
Scoccimarro y Abal Medina habían sido citados en una causa por la publicidad en el Fútbol para Todos. Finalmente, la Cámara anuló ese procedimiento y el expediente volvió a foja cero. Además apartaron al juez federal Claudio Bonadio del caso.