Según la sentencia, en un fallo “por mayoría”, desde la citación a juicio hasta la fecha, pasaron más de seis años y por eso “prescribió la acción penal”.
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Según la sentencia, en un fallo “por mayoría”, desde la citación a juicio hasta la fecha, pasaron más de seis años y por eso “prescribió la acción penal”.
El Tribunal, al declarar su incapacidad jurisdiccional debido a la prescripción del caso, impide que se conozca un veredicto sobre si Alsogaray fue culpable o no de lo que se la acusa, ya que el Tribunal se declara incapaz de pronunciarse por la prolongación del juicio en el tiempo.
La ex funcionaria estaba acusada por la firma irregular de contratos en el marco del Plan Nacional de Manejo durante su gestión en la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación, en el primer gobierno menemista. El tribunal fijó para el próximo 5 de mayo, a las 13.30, la audiencia para la lectura de los fundamentos.
Alsogaray afirmó que tomó “buenas decisiones” que no perjudicaron las finanzas del Estado, al rechazar los cargos en su contra en el juicio oral por “peculado” y “negociaciones incompatibles”.
También acusó de falta de “imparcialidad” a los jueces, tras recordar que le “negaron derecho de ir al entierro de su padre”, el ex ministro de Economía y líder de la UCeDé Álvaro Alsogaray, y ratificó que “estuvieron bien tomadas” las medidas que ordenó para la ejecución del presupuesto del Plan Nacional de Manejo del Fuego, cuando se desempeñaba como secretaria de Recursos Naturales.
La resolución del Tribunal fue firmada por los jueces Patricia Gabriela Mallo, Eduardo Carlos Fernández y José Valentín Martínez Sobrino, quien estuvo en disidencia.