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Toto Caputo habilitó anticipos financieros hasta $400 mil millones para Santa Fe, Jujuy y Entre Ríos

El Ejecutivo vuelve a asistir a los gobernadores con fondos de las provincias. Deberán reintegrarlos con intereses dentro del mes de su otorgamiento.

El ministro de Economía, Toto Caputo, habilitó anticipos financieros para Santa Fe, Jujuy y Entre Ríos por hasta $400 mil millones. La medida quedó oficializada este jueves mediante el Decreto 474/2026 y apunta a "atender financieramente los compromisos más urgentes" de los presupuestos de gastos y amortización de deudas de esas provincias.

La decisión publicada en el Boletín Oficial lleva las firmas del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Manuel Adorni; y del titular del Ministerio de Economía. Según los fundamentos de la norma, las provincias atravesaron una situación financiera temporal que requirió asistencia inmediata del Estado nacional.

Anticipos para afrontar compromisos urgentes

El decreto amplió en hasta $400 mil millones el anticipo financiero que ya había recibido Entre Ríos mediante el Decreto 922/2025. Según informó el gobierno de Rogelio Frigerio, el nuevo adelanto de los fondos correspondientes a la coparticipación federal será de $150.000 millones.

La Casa Gris entrerriana puntualizó que "se trata de fondos que pertenecen a cada jurisdicción y que son girados de manera anticipada para fortalecer su liquidez" al tiempo que precisó que el adelanto otorgado a la provincia a comienzos de año por $220.000 millones "viene siendo cancelado en tiempo y forma".

Al igual que en los casos de Jujuy y Santa Fe, la devolución está prevista dentro del Ejercicio Fiscal 2026.

El texto oficial recordó que la legislación vigente faculta al Ministerio de Economía a conceder adelantos a cuenta de los recursos provenientes de impuestos nacionales coparticipables. Esos fondos funcionan como una herramienta para asistir a las provincias cuando enfrentan desequilibrios temporales de caja.

La norma también estableció que el monto definitivo para cada distrito será determinado por la Secretaría de Hacienda en función de la capacidad de repago de cada administración provincial y de su participación en la recaudación de tributos nacionales.

Cómo será la devolución de los fondos

De acuerdo con el decreto, los anticipos devengarán intereses calculados sobre una Tasa Fija Nominal Anual del 15%. La cancelación se realizará mediante retenciones automáticas sobre los recursos que las provincias reciben por el régimen de coparticipación federal.

Para acceder a los desembolsos, los gobiernos provinciales deberán afectar su participación en la distribución de recursos fiscales y autorizar a la Secretaría de Hacienda a efectuar las retenciones necesarias para recuperar los fondos adelantados junto con los intereses correspondientes. El texto indica también que los anticipos deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento.

La medida también facultó al organismo nacional a definir las condiciones de desembolso, los mecanismos de cancelación y la firma de acuerdos específicos con cada jurisdicción para instrumentar la asistencia financiera.

El antecedente de la asistencia nacional

Entre los considerandos, el Gobierno recordó que Entre Ríos ya había recibido un anticipo financiero de hasta $220 mil millones durante enero de 2026. Además, mencionó el Decreto 219/2026, mediante el cual se había autorizado una línea de asistencia de hasta $400 mil millones para las provincias que lo solicitaran formalmente.

En ese contexto, el Ejecutivo argumentó que la ampliación para Entre Ríos y la incorporación de Jujuy y Santa Fe buscaron garantizar un tratamiento equitativo entre las distintas jurisdicciones que requirieron apoyo financiero durante el presente ejercicio fiscal.

La asistencia aprobada por la administración nacional quedó registrada como un anticipo de fondos de la Tesorería General de la Nación, mientras que la Contaduría General de la Nación deberá contabilizar las erogaciones y cargar los importes correspondientes a cada una de las provincias alcanzadas por el decreto.

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