No hay que tenerle miedo a la reforma laboral. Lo importante es discutir su contenido. El mercado de fuerza de trabajo de nuestro país tiene serios problemas. La mitad de los trabajadores y las trabajadoras está, en los hechos, por fuera del alcance de la legislación laboral. Es un ejército de asalariados no registrados y cuentapropistas que, desde hace muchos años, dejó de ser una anomalía que sería superada tarde o temprano.
Frente a este escenario, de manera recurrente se apela a una reforma laboral que, en el discurso de sus impulsores, permitiría resolver todos los problemas. El razonamiento sería el siguiente: al momento de contratar a un trabajador, los empleadores estarían más preocupados por el marco legal que por las potenciales ganancias que les depararía un aumento del personal. Dejemos este debate de lado. ¿Es posible pensar en otra reforma laboral? ¿Es posible idear cambios en la regulación que pongan el centro en los derechos de los trabajadores y las trabajadoras?
Nuestra historia está llena de reformas laborales que fueron muy progresivas; algunas se remontan a principios del siglo XX y sí, todas ellas debieron sortear oposiciones muy importantes para ser impulsadas. Nada impide hoy retomar esa tradición. La pregunta sería: ¿cuál debería ser el contenido de una reforma laboral progresiva? Desde ya que esa tarea excede el marco de estas líneas, pero podemos hacer el intento de identificar algunos aspectos que tendrían que estar presentes.
Trabajo productivo y reproductivo
Nuestra legislación laboral todavía está permeada por una concepción familiar que ya no es, si es que alguna vez tal cosa existió generalizadamente: papá que trabaja, mamá que cuida a los hijos (preferentemente un varón y una mujer). Poner las tareas de cuidado en el centro de la discusión es prioritario. ¿Quién cuida? ¿Cuándo? ¿En qué condiciones? ¿Cómo se distribuyen las tareas reproductivas entre varones y mujeres y qué relación tiene esto con la legislación laboral?
El ejemplo más absurdo de esta situación anacrónica es la licencia por paternidad: dos días corridos (que ni se le ocurra nacer un sábado). Desde ya que este ejemplo está lejos de agotar la discusión. El proyecto de ley sobre cuidados presentado durante la actual gestión de gobierno implicó un avance en lo que a licencias se refiere, pero por ahora no hay perspectivas de que ello se plasme en un cambio legislativo.
¿Cómo se distribuyen las tareas reproductivas entre varones y mujeres y qué relación tiene esto con la legislación laboral?
Disminución de la jornada laboral y ampliación del descanso
Puede sonar contraintuitivo, pero nuestro país tiene una de las jornadas laborales más largas del mundo y las vacaciones están dentro de las más cortas. En el mundo se discute actualmente cómo reducir la jornada máxima de trabajo y ello tiene razones objetivas. En las últimas décadas, la productividad del trabajo se ha incrementado exponencialmente (hace tres o cuatro décadas, una computadora era una rareza). Sin embargo, seguimos trabajando la misma cantidad de tiempo o más por un sueldo que, en el mejor de los casos, se mantuvo relativamente constante. No es algo nuevo. En 1930, John Maynard Keynes presagiaba que sus nietos podrían trabajar tan solo un par de días a la semana gracias a los avances tecnológicos. Más allá de la profecía errada, cualquier reforma laboral que se impulse debería tomar este tema como un eje estratégico.
Nuestro país tiene una de las jornadas laborales más largas del mundo y las vacaciones están dentro de las más cortas.
Participación en las ganancias y colaboración en la dirección
El artículo 14 bis de la Constitución Nacional fue redactado en 1957. El derecho de los trabajadores a participar en las ganancias de las empresas todavía es una deuda legislativa, pero este punto va incluso más allá. Se trata de llevar la democracia al interior de los establecimientos y de evitar que los trabajadores se transformen en una mera mercancía que, durante un período muy importante de sus vidas, están al arbitrio de las decisiones de los empleadores. Control de la producción y colaboración en la dirección, palabras escritas hace casi 70 años que esperan ser plasmadas en una modificación de la legislación laboral.
El artículo 14 bis de la Constitución Nacional fue redactado en 1957. El derecho de los trabajadores a participar en las ganancias de las empresas todavía es una deuda legislativa.
Cuidar la salud de los trabajadores
La Ley de riesgos del trabajo creó un negocio donde antes había un problema (sin resolverlo). Actualmente, todo el sistema vinculado a accidentes y enfermedades laborales está guiado por la búsqueda de lucro por parte de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). La prevención aparece como un aspecto secundario que sólo se analiza en función de la maximización de su ganancia. A los trabajadores y a las trabajadoras no les interesa cuánto cobrarán en caso de padecer una enfermedad o sufrir un accidente: más bien preferirían minimizar los riesgos de que ellos ocurrieran.
Poner la prevención en el centro del debate requiere modificar de raíz el sistema, eliminando la búsqueda de lucro como eje rector. A su vez, fortalecer la presencia de los trabajadores en el sistema, por ejemplo a través de la conformación de comités mixtos en los lugares de trabajo. Podría ser un buen punto de partida que reconoce su origen en experiencias de este tipo que vienen funcionando en algunas provincias y actividades.
La Ley de riesgos del trabajo creó un negocio donde antes había un problema (sin resolverlo)
Fortalecer la presencia de la organización sindical
La existencia de mecanismos que tutelen la organización colectiva en los lugares de trabajo es fundamental para garantizar que los derechos laborales reconocidos en la letra de la ley se respeten en el día a día. La mayoría de los establecimientos no cuenta con delegados o delegadas sindicales, por lo que cualquier reclamo por un incumplimiento laboral tienen que hacerlo trabajadores y trabajadoras que se exponen a perder sus trabajos.
Fomentar una mayor presencia sindical en los lugares de trabajo e imponer obstáculos a las sanciones adoptadas por las empresas frente a reclamos laborales también debería ocupar un lugar relevante en una hipotética reforma laboral
La mayoría de las empresas no tiene delegados o delegadas sindicales, por lo que cualquier reclamo tienen que hacerlo trabajadores y trabajadoras que se exponen a perder su trabajo.
Estas iniciativas están lejos de agotar las dimensiones que podrían abordarse en una discusión sobre cambios en la legislación laboral centrados en los derechos de los trabajadores y las trabajadoras. Sin embargo, muestran que existen muchos aspectos que requieren ser reformados. Este proceso debería ir acompañado por un cambio en la estructura productiva de nuestro país y por una estabilización macroeconómica, sin los cuales ninguna reforma laboral, sea cual fuere su contenido, tendrá efectos positivos sobre el mercado de fuerza de trabajo.