INSEGURIDAD

Para asesinos de policías Ritondo pidió penas que ya existen

El ministro de Seguridad bonaerense instó a “la sociedad” a plantearse que “quien mate a un policía tenga reclusión perpetua". Esa condena está establecida en el artículo 80 del Código Penal.

En el marco de la conmoción por los crímenes de las agentes de la Bonaerense Lourdes Espíndola y Tamara Ramírez, el ministro de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, Cristian Ritondo, salió a pedir “reclusión perpetua” para asesinos de policías, una pena que ya está contemplada en el Código Penal.

 

“Ha llegado el momento de que la sociedad se plantee que quien mate a un policía tenga reclusión perpetua", dijo Ritondo en una entrevista que concedió este martes a Radio Mitre.

 

 

El artículo 79 del Código Penal de la Nación establece que “se aplicará reclusión o prisión de ocho a veinticinco años, al que matare a otro siempre que en este código no se estableciere otra pena”.

 

Justamente, el artículo siguiente es el que determina quiénes son pasibles de condenas de “reclusión perpetua o prisión perpetua”. Entre otros, quienes mataren “a un miembro de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias, por su función, cargo o condición”.

 

 

ARTICULO 79. - Se aplicará reclusión o prisión de ocho a veinticinco años, al que matare a otro siempre que en este código no se estableciere otra pena.
ARTICULO 80. - Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare:
(…)
8° A un miembro de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias, por su función, cargo o condición. (Inciso incorporado por art. 1° de la Ley N° 25.601 B.O.11/6/2002)

 

Eduardo Toniolli del Movimiento Evita, Marcelo Lewandowski y Juan Monteverde.
El peronismo mide el impacto del caso Kueider ante una eventual candidatura a senador de Gustavo Bordet. 

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