La decisión fue adoptada por ocho magistrados frente a tres y una abstención, por lo que una mayoría absoluta del pleno, compuesto por 11 de los 12 magistrados que integran el Tribunal Constitucional, avaló la norma.
La sentencia consolida la ley que permitió hasta ahora a más de 22.000 parejas contraer matrimonio. Doce países del mundo reconocen este derecho y España fue uno de los primeros en acopiarlo en su legislación básica.
El PP entendía en 2005 que la Ley socialista, que situaba a España en la vanguardia legislativa de todo el mundo en esa materia, modificaba “la concepción secular, constitucional y legal del matrimonio como unión de un hombre y una mujer”. “Con toda seguridad”, señalaba el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, “se trata de una de las modificaciones legislativas de más honda trascendencia y repercusiones para la sociedad española”.
El Gobierno socialista había introducido un párrafo en el artículo 44 del Código Civil donde señalaba que “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.