La suerte de los genocidas de la patota de Mercedes Martín Sánchez Zinny, Emilio Morello y Horacio Linari dio un vuelco desde que la Justicia Federal les redujo sustancialmente las penas de prisión perpetua por las que habían sido condenados hace dos años por haber cometido crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura.
Ahora quedaron a un paso de la libertad condicional.
Sánchez Zinny, Morello y Linari integraron la nómina de militares del Regimiento de Infantería número 6 de Mercedes. Ejercieron la jefatura unidades de tiro de esa guarnición durante la última dictadura militar, pero aquella no fue su única función. Tal como resultó probado en el juicio de lesa humanidad que dirigió el Tribunal Oral Federal número 2 de la Ciudad de Buenos Aires entre diciembre de 2021 y agosto de 2022, los tres formaron parte de la patota de represores que secuestró, torturó, asesinó y desapareció militantes en varias ciudades del oeste bonaerense y alrededores.
Lesa humanidad: convencidos y condenados
Antes de cada operativo, la patota se reunía en el Casino de Oficiales del Regimiento. Testigos declararon que los represores condenados solían aparecer munidos de armas largas y, en algunas ocasiones, caracterizados como “militantes”: pelo largo, pantalones pata de elefante, anteojos, bigotes. Así se lanzaban a la caza. En junio de 1976, se aparecieron en la casa donde vivía Rocío Martínez Borbolla, docente y militante del PRT-ERP, integrante del grupo que producía e imprimía las publicaciones “Estrella Roja” y “El Combatiente”. A sus hijos, los periodistas Camilo y Bárbara García, que entonces tenían 5 y 9 años, los encerraron en el baño post amenazas de muerte. A ella y a su compañero, Pedro Marcucci, los secuestraron. Bárbara y Camilo reconocieron a Sánchez Zinny como parte de esa patota.
Un mes después, el 10 de julio de 1976, el grupo criminal “reventó” una casa en el barrio de San Andrés, San Martín. El operativo implicó decenas de conscriptos rodeando la vivienda y la utilización de un militante fuertemente torturado –Pablo Pavich– para forzar la entrega de la casa, en donde funcionaba la imprenta clandestina. De aquella casa sacaron, con vida, a Jorge Arancibia, otro militante que intentó fugarse. Hugo Travi, un hombre que entonces cumplía servicio militar obligatorio en el RIM 6, vio a Sánchez Zinny disparar y herir a Arancibia. Y luego fusilarlo al grito de “estos son los hijos de puta que después matan a tu mamá, a tu hermana”.
En democracia, Morello y Sánchez Zinny se sumaron al levantamiento carapintada. Sánchez Zinny lo hizo público con una carta de lectores que envió al diario Ámbito Financiero en la que, según rescató el periodista Facundo Fernández Barrio, anunció su pase a la clandestinidad “para continuar el combate contra el enemigo marxista”. Morello fue, incluso, diputado por el Movimiento por la Dignidad y la Independencia (MODIN), que Aldo Rico fundó a fines de los 80, entre 1993 y 1997.
Justicia, perpetua y después
En agosto de 2022, tras oír testimonios durante casi diez meses, los jueces Javier Ríos, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu consideraron que hubo pruebas suficientes para condenarlos a prisión perpetua por el secuestro de Martínez Borbolla, Marcucci y Pavich, así como por el homicidio de Arancibia. El debate comenzó con más de 30 víctimas, pero con la muerte de los acusados Gustavo González Sass y Alberto Schoallert, esos casos perdieron chance de justicia. El TOF 2, en tanto, absolvió a los otros acusados que llegaron en condiciones al cierre del juicio, Luis Brun y Omar Andrade.
La defensa de los condenados, no obstante, no se quedó de brazos cruzados. María Laura Olea y Ricardo Saint Jean, abogados lobistas de la impunidad para genocidas apelaron el fallo. No parece casual: fueron organizadores de la visita de un grupo de diputados oficialistas a los represores presos en Ezeiza. Dos años después, en junio pasado, la sala IV de la Cámara de Casación encendió la esperanza. Para los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, el asesinato tremendo que sufrió Arancibia el 10 de julio de 1976, cuando la patota de represores que integraban los condenados fue a desbaratar una imprenta clandestina del PRT-ERP en el barrio conurbano de San Martín, fue un “homicidio simple” en lugar de “homicidio agravado”, como lo había considerado el TOF.
“Quitaron el agravante de alevosía, aunque en el juicio quedó probado que Arancibia fue asesinado así”, apuntó el abogado querellante Pablo Llonto. Tras una audiencia en la que las partes emitieron sus petitorios en base a la nueva calificación de “homicidio simple” –fiscalía y querellas solicitaron penas de 25 años para los tres acusados– el TOF, con la firma del juez Néstor Costabel emitió una nueva sentencia que redujo marcadamente las condenas. A Sánchez Zinny le impuso 12 años de cárcel; a Morello y Linari, diez.
“Tanto Sánchez Zinny como Morello y Linari eran jóvenes sin demasiada antigüedad en la carrera militar quienes, en función de la estructura jerárquica y vertical del Ejército, detentaban grados de baja jerarquía”, justificó su decisión Costabel, haciendo suyo el argumento defensor. También consideró como atenuante el hecho de que los represores “no diseñaron el plan de ataque, no planificaron de antemano el operativo sobre la imprenta del PRT/ERP en la localidad de San Martín, sino que más bien se han limitado a ejecutar el plan de sus superiores, con el conocimiento y voluntad que la configuración de la figura dolosa requiere”.
Para Llonto, quien representa a los hermanos García, el fallo “quiere imponer candidez a un comportamiento que no tiene nada de cándido” para poder aplicar penas bajas que, de hecho, los deja con posibilidades concretas de obtener la libertad. Los represores beneficiados con la reducción de pena “tenían claridad de los crímenes que cometían, no eran niños, comprendían los hechos”, concluyó el abogado. Una semana después del nuevo fallo, las defensas de Morello y Linari solicitaron la excarcelación por haber cumplido los dos tercios de su condena. Las partes acusadoras discutirán la solicitud.