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Oficializan la emergencia agropecuaria en seis distritos bonaerenses

Así se determinó para las explotaciones rurales afectadas por inundaciones en Tejedor, Ameghino, Rivadavia y Villegas. Se prorrogó en Alsina y se incluyó a frutihortícolas de General Pueyrredón.

El Gobierno bonaerense formalizó este viernes, con la publicación en el Boletín Oficial, la declaración del estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para las explotaciones rurales recientemente afectadas por fuertes inundaciones en los distritos de Carlos Tejedor, Florentino Ameghino, Rivadavia y General Villegas. Asimismo, se prorrogó dicha declaración para las zonas que sufrieron el impacto del agua en Adolfo Alsina y se incorporó a esta medida a la actividad frutihortícola afectada por vientos huracanados en el distrito de General Pueyrredón (Mar del Plata).

 

Se trata de una de las acciones que venían siendo solicitadas por los ruralistas en el marco de un panorama acuciante que aún persiste en el noroeste bonaerense.

 

En los considerandos del decreto 1365 del Ministerio de Agroindustria, se detalla que dichas situaciones han sido evaluadas oportunamente por el servicio técnico específico de esta cartera, mediante información meteorológica (estadística y satelital), informantes calificados, chequeo a campo e imágenes satelitales sobre la magnitud de los perjuicios sufridos en la producción o capacidad de producción por los titulares de las explotaciones que pretenden acogerse a los beneficios del estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.

 

En el caso de los municipios del noroeste que por estos días se ven golpeados por el avance del agua, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario será hasta el 30 de junio de 2017. En el caso de los productores del cordón frutihortícola marplatense, la declaración se extenderá hasta el 31 de marzo del año que viene, mientras que la prórroga para los establecimientos agropecuarios de diversas zonas de Adolfo Alsina, será hasta el 31 de diciembre de este año.

 

Se estableció que los productores alcanzados por la medida “gozarán de los beneficios respecto del pago del impuesto Inmobiliario Rural, correspondiente al inmueble destinado a esa actividad, en el porcentaje de la afectación de su producción o capacidad de producción”.

 

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