Dos millones de personas afiliadas a OSDE pueden reclamar judicialmente que la empresa les devuelva el monto de los aumentos aplicados de enero a julio, por el fallo de la Cámara Federal entrerriana que calificó de inconstitucional los incrementos y el DNU 70/23 de Javier Milei que desregula las empresas prepagas.
El fallo de la Cámara Federal de Paraná a favor del afiliado de OSDE, Fernando Morsentti, titular de un amparo colectivo de cientos de personas en todo el país, marca un precedente que puede hacer implosionar la política de liberación del mercado de las empresas de medicina prepaga.
“El fallo judicial indica que OSDE debe devolver a todos los afiliados los aumentos que les cobró desde enero y que se basaron en un decreto que la justicia declaró inconstitucional”, dijo a Letra P Manuel Luaces, abogado representante de un afiliado de Saladillo incluido en el amparo entrerriano.
Denuncia penal contra OSDE
Paralelo a la causa civil que terminó en el amparo colectivo a favor de las personas afiliadas a OSDE, el juzgado federal 2 de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, cuya titular es María Caccioppoli, le pidió a la fiscal federal, Josefina Minatta que investigue penalmente la administración de los fondos que hizo la empresa de medicina prepaga ante la posible comisión de "un delito de acción pública”.
"La denuncia penal investiga a los directivos de OSDE, sin nombres, para saber el destino de los fondos", contó la abogada cordobesa Karina Zeverín, quien participó del amparo contra la empresa como representante las personas afiliadas de Córdoba y de la Ciudad de Buenos Aires.
Por ahora la denuncia no imputa ni al presidente de OSDE Martín Pochat ni al director general Luis Fontana, aunque todavía no presentaron los libros contables en el juzgado.
OSDE es obra social y también funciona como prepaga: los dueños son las personas asociadas, con una administración colegiada: Consejo Directivo, Mesa Ejecutiva y una Asamblea de Representantes.
"Se rige por un estatuto social, los cargos duran cuatro años; pero las elecciones se hacen públicas únicamente a través del Boletín Oficial", denunció un afiliado ante el Consejo.
osde.jpeg
Prepagas investigadas por los aumentos
En 2021 cuatro miembros del Consejo fueron expulsados y en su apelación al despido hicieron públicas denuncias anónimas que recaían sobre la administración de los fondos de OSDE.
Carlos Vaccaro, Miguel Angel Basmadjian, Guillermo Oberti y Mario Revol Lozada resaltaron "la gravedad" de esas denuncias que involucraban a Pochat, quien sería el dueño de la empresa CDT Soluciones SA que le prestaría servicios informáticos a OSDE.
Pochat es dueño de varias concesionarias de autos en Mar del Plata y, en plena pandemia, compró la empresa CarOne.
OSDE deberá devolver los aumentos
La sentencia de la cámara entrerriana, en segunda instancia, es la primera del país que declara inconstitucional los aumentos de enero a julio y también los artículos 267 y 269 del decreto 70/23. Así todos las personas afiliadas a OSDE pueden reclamar que les devuelvan el dinero del incremento de las cuotas en ese período.
La obra social podrá apelar ante la Corte Suprema de Justicia, mientras tanto la medida está vigente.
"A partir de ahora se baraja y se da de nuevo, el fallo Morsentti es el fallo señero en esta materia", aseguró Zeverín.
Todavía está en discusión qué efecto puede tener el fallo para los aumentos de OSDE de septiembre. "Esto va a empujar los miles de amparos presentados por afiliados de otras empresas de medicina prepaga frenados y también va a impedir nuevos aumentos de las prepagas", afirmó Luaces.
Javier Milei dejó solas a las prepagas
A raíz de la sentencia de la cámara entrerriana sienta un precedente en contra del acuerdo que firmaron las empresas y la Superintendencia de Servicios de la Salud (SSS), por el cual las prepagas debían devolver en 12 cuotas, aplicando la tasa pasiva del Banco Nación, los montos de los aumentos que aplicaron a sus planes que estuvieran por encima de los índices de inflación de cada período.
La primera repercusión se dio en la Sala I de la Cámara Civil y Comercial porteña, que sentenció que debe “proseguir la causa de un amparo” presentó el socio de una obra social ante los aumentos y que había sido desestimada a partir de la firma del acuerdo.
Fuentes de la SSS que preside Gabriel Oriolo, director de procesos y sistemas de OSDE hasta llegar a la administración pública, explicaron a Letra P que “lo resuelto por la Cámara tiene efecto, únicamente, para el caso puntual del afiliado Morsantti y no tiene consecuencia derogatoria de la norma. Por lo cual, la Superintendencia, no recobra ninguna facultad de intervención en el valor de las cuotas de las entidades de medicina prepaga”.