La ley ómnibus XXS enviada por el gobierno de Javier Milei -que aprobó el Congreso- incluía una reforma laboral en el quinto título que casi no sufrió modificaciones en el vaivén entre la Cámara de Diputados y el Senado.
Tras la promulgación de la ley, los sindicatos podrán ampliar en los convenios colectivos de trabajo el período de prueba y la adhesión al fondo de cese laboral en lugar de las indemnizaciones. En el primer caso, podría ser de ocho meses en empresas de hasta 100 personas contratadas y de un año en compañías de hasta cinco personas contratadas.
Además, empezó a regir la figura de "colaborador" para "trabajadores independientes" que empleen hasta otras tres personas registradas como autónomo en la AFIP.
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Si bien se ratifica la licencia por embarazo de 90 días, quien la solicite podrá "optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a diez (10) días; el resto del periodo total de licencia se acumulara al periodo de descanso posterior al parto".
En relación a la protesta, comenzó a ser motivo de justa causa de despido la obstrucción "total o parcial" del ingreso y egreso de las empresas o afectar "la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas".
La facturación periódica por prestación de servicios ya no es suficiente para probar una relación de dependencia encubierta cuando se trate de "contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios". Por otro lado, el paquete fiscal introdujo cambios en relación al impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Monotributo.
Reforma laboral en la ley ómnibus XXS completa
Ley 27742 - Reforma laboral.pdf