El Gobierno reglamentó los cambios del impuesto a las Ganancias con el decreto 652/2024 y la baja de la alícuota de Bienes Personales con el decreto 608/2024 después de que el Congreso aprobara la ley ómnibus y el paquete fiscal tras seis meses de debate y negociación con el gobierno de Javier Milei.
A partir de su reglamentación y publicación en el Boletín Oficial, las modificaciones de Ganancias comenzarán a regir sobre los sueldos percibidos en agosto.
Cómo quedó Ganancias
Diputados repuso la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, por lo que vuelve a pagar toda persona soltera que trabaje en relación de dependencia y que cobre más de $1.800.000 brutos. En el caso de las casadas, las que perciban $2.300.000 en bruto.
El mínimo no imponible escala a $2.100.000 brutos para personas solteras con dos menores a cargo y a $2.400.000 brutos para personas casadas con dos menores a cargo. La actualización del mínimo no imponible se realizará cada seis meses en 2025 por inflación, pero este año será cada tres meses y la próxima será en septiembre.
Con la nueva ley, 800.000 personas volverán a pagar Ganancias Luego de no haberlo hecho desde septiembre de 2023, cuando las sacó Sergio Massa en la gestión de Alberto Fernández. Las alícuotas van desde el 5% al 35%.
Cómo quedó Bienes Personales
En el impuesto a los Bienes Personales, el mínimo no imponible se pasa de $27.000.000 a $100.000.000, esto hará que menos personas se vean alcanzadas. Y la deducción por vivienda familiar escala a $350.000.000
Para 2023, las alícuotas quedan de entre 0,5% y 1,50%. Mientras que en 2024, 2025, y 2026 habrá sólo dos: 1,25% y 1,50%. Y a partir de 2027 pasará a una única tasa de 0,25%. En paralelo, se eliminaron las diferencias que había entre bienes locales y bienes en el exterior, que actualmente pagan una alícuota del 2,25%.
Quienes cumplan con los pagos obtendrán como recompensa una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen del tributo. Además, queda autorizado el pago adelantado por cinco años del impuesto de Bienes Personales con una alícuota especial de 0,45% por año y de 0,5% para bienes ingresados al blanqueo.