Mediante una resolución firmada por el ministro de Seguridad bonaerense, Cristian Ritondo, y publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Provincia estableció que los clubes de fútbol que participan en los torneos de Primera División A y B Nacional “deberán contar en sus estadios, en forma obligatoria, con un sistema de audio y video de seguridad fijo”, conforme las especificaciones técnicas que establezca la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De).
En tanto, para las categorías inferiores de AFA, podrá disponerse para los partidos de alto riesgo la filmación de los encuentros en estadios que no cuenten con el mencionado sistema, siendo dicho registro fílmico costeado por la institución que haga las veces de local.
En los considerandos de la Resolución N° 2.038 de la cartera de Seguridad, se remarca que dicha medida surge a los efectos de “optimizar los recursos, y de ese modo brindar mayor seguridad a los asistentes a espectáculos futbolísticos”, por lo que “resulta necesario, no solo actualizar las especificaciones técnicas de los sistemas instalados en los estadios, sino también ampliar la cobertura a distintas divisiones de los torneos que organizan la Asociación de Fútbol Argentino, y las Ligas del Interior en la Provincia”.
Vale señalar que en la provincia de Buenos Aires no sólo se disputan torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino, sino que cada fin de semana se llevan a cabo los encuentros de 46 ligas del interior, en los que se disputan aproximadamente 480 partidos por fin de semana, utilizando aproximadamente 358 estadios habilitados.
En este contexto, la cartera comandada por Cristian Ritondo consideró que ciertos escenarios deportivos, “por su poder de convocatoria y capacidad de concurrentes, deben necesariamente contar con sistemas de audio y video, de modo que la Autoridad de Aplicación, en el ejercicio del poder de policía y sus responsabilidades, pueda prevenir y reprimir conductas que atente contra la vida, la integridad física, la salud y los bienes de aquellos protagonistas y espectadores de eventos que en los mismos se desarrollan”.
Además de las obligaciones mencionadas, se estableció que los clubes que asciendan a la B Nacional y no tuvieran sistema de audio y video de seguridad fijo en sus estadios, “tendrán un plazo de un año para su instalación. Durante dicho período deberán contratar, a su cargo y costa, un sistema móvil de seguridad de video, conforme las especificaciones técnicas que establezca la Autoridad de Aplicación”.
En tanto, se marcó que los clubes que participan del Torneo Argentino “A” del Consejo Federal de la AFA, “deberán contratar un sistema móvil de seguridad, a su cargo y costa, en los encuentros que sean calificados de “Alto Riesgo” por la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De)”.