La Resolución General 3571, del 16 de diciembre de 2013, amplía el régimen de información vigente por el que estas prestadoras informan únicamente los consumos mensuales por importes iguales o superiores a 1.000 pesos, pero sin detallar los subsidios que se les otorgan. Ahora, las empresas brindarán información sobre todos los consumos.
Actualmente, las prestadoras envian las facturas a sus usuarios por correo, y no tienen obligación de informar previamente al organismo recaudador sobre el contenido de las mismas.En cambio, desde abril, emitirán la boleta electrónica, que remitirán a la AFIP y a los usuarios.
La puesta en marcha de este mecanismo permitirá a la AFIP contar con informaciones tales como si el usuario es propietario o inquilino, datos de catastro de la propiedad que recibe los servicios, y el monto del susbsidio que otorga el Estado para esa prestación individual.