La jueza Paula María Hualde a cargo del Juzgado Comercial N° 9 decretó ayer la quiebra de Trenes de Buenos Aires S.A. (TBA) fundando su resolución a raíz de un pedido de quiebra extorsivo presentado por Liderar ART contra la ex concesionaria de las líneas ferroviarias Sarmiento y Mitre.
La resolución de la jueza Hualde que terminó con la quiebra de la empresa sorprendió a muchos dentro del ambiente judicial. “Fue un exceso de formalismo de la jueza que perjudica a los damnificados de Once porque impediría que cobren su indemnización”, se quejó ayer en los tribunales de Comodoro Py uno de los letrados querellantes en el juicio oral que lleva adelante el TOF Nº 2 integrado por los magistrados Jorge Tassara, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini por el trágico accidente ocurrido el 22 de febrero de 2012 en la estación Once.
Sucede que, desde hace años, TBA está en concurso preventivo de acreedores y no se encontraba en una situación de cesación de pagos. Ese proceso contaba con una propuesta de cumplimiento homologada y la firma estaba cumpliendo en tiempo y forma con el pago de las cuotas concursales pese a no gerenciar más las líneas ferroviarias.
En medio de ese proceso apareció un llamativo reclamo que encendió las alarmas y desato una verdadera pelea jurídica. Liderar ART reclama una deuda impaga (por presuntas prestaciones a los empleados de la empresa ferroviaria) de alrededor de 5,3 millones de pesos. TBA, a su vez, dice que es Liderar ART la que le debe alrededor de 5,5 millones de pesos por las prestaciones que adelantó a sus trabajadores en concepto de Invalidez Laboral Temporaria (ILT) a cargo de la aseguradora.
Fuentes cercanas a la empresa ferroviaria deslizaron que los sorprendió la actuación de Hualde ya que “TBA no tiene pendiente de respuesta ningún otro pedido de quiebra que no sea el que realizó en forma extorsiva Liderar ART por un crédito inexistente sustentado en una mera certificación contable emitida por encargo de Liderar ART en forma manifiestamente abusiva de la aseguradora”.
La inexistencia de la deuda invocada por Liderar ART aparece en forma manifiesta cuando se advierte que en los meses de Julio y Agosto de 2012, que son los meses en los que se habrían devengado los premios que pretende cobrar la aseguradora, TBA ya carecía de empleados en relación de dependencia porque dos meses antes, en el mes de Mayo de 2012, le fue revocada la concesión del servicio de transporte ferroviario de pasajeros mediante el Decreto 793/12 habiéndose incorporado la totalidad del personal que prestaba tareas en dicha empresa a la nueva gestión de las líneas.
Este Decreto revocó la condición de operadora ferroviaria de TBA y puso fin a su gerenciamiento en las líneas Mitre y Sarmiento. En ese contexto, en Mayo de 2012, por disposición de la Secretaría de Transporte de la Nación tuvo lugar el traspaso de todo el personal de TBA a la órbita de la UGOMS quedando a cargo a partir de entonces de la EMPRESA FERROCARRIL BELGRANO S.A., los pagos de las obligaciones concernientes a las relaciones laborales con el personal de lo cual prestaba garantía la misma Secretaría.
Entonces resulta evidente que con posterioridad a Mayo de 2012 no existió ni pudo existir un contrato de seguro de riesgo de trabajo entre TBA y Liderar ART, en tanto al no haber empleados en relación de dependencia, a partir de entonces ya no había riesgo asegurable ni que pudiera haber sido asegurado como lo establece la propia Ley de Seguros Nº 17.418, en su artículo 3, cuando tipifica la nulidad del contrato de seguro “si al tiempo de su celebración el siniestro se hubiera producido o desaparecido la posibilidad de que se produjera.”. Esto quiere decir que no existiendo empleados en relación de dependencia que asegurar, ningún contrato de seguro existió a partir de entonces.
Esta compleja trama judicial está descripta en la denuncia que tramita en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) bajo el expediente administrativo Nº 98.995/12, existiendo otra similar ante la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) a la que se le dio el número de trámite 9070/08 de fecha 8/5/2013 por el ejercicio anormal de la actividad aseguradora y por incumplimiento como consecuencia de la negativa de Liderar ART a reintegrar a TBA las prestaciones que adelantó a sus trabajadores en concepto de ILT.
Del análisis de este expediente administrativo al cual tuvo acceso Letra P se puede apreciar que el reclamo que mantiene TBA contra Liderar ART por reintegros de adelantos de ILT, alcanza a la suma de $ 5.548.638,40, suma que la aseguradora pretendió que se la compensara con el mentado crédito inexistente que reclama ya que no había empleados en relación de dependencia con posterioridad a Mayo de 2012, y la consiguiente inexistencia de riesgo asegurado.
En dicho expediente administrativo, a fojas 210 Liderar ART. reconoce que: “No se han efectuado reintegros al empleador en concepto de ILT, toda vez que esta aseguradora busca compensar los montos que pudieran adeudarse por tal concepto con la deuda que mantiene TBA S.A. con Liderar ART.”
Como consecuencia de lo expuesto, se puede inferir que Liderar ART promovió el pedido de quiebra como modo de coacción y de presionar abusivamente a TBA para lograr una solución individual que le resulte ventajosa, aunque sea a expensas de la continuidad de TBA y del resto de sus acreedores, entre ellos los familiares de las víctimas del trágico accidente de Once.
Ahora, el sorpresivo fallo de Hualde abrió un interrogante sobre el futuro de varios acuerdos extrajudiciales que muchas familias o víctimas del accidente firmaron con la operadora ferroviaria. Allegados a TBA adelantaron que la empresa apelará la sentencia y que presentó una denuncia penal contra Liderar ART por lo cual la cuestión seguirá judicializada en una instancia superior.
La quiebra fue dada a conocer el mismo día en que el Papa Francisco recibió en el Vaticano a una delegación de madres de víctimas del accidente de Once y mientras en los tribunales de Comodoro Py se desarrollaba una nueva audiencia del juicio oral con la declaración de los delegados del gremio La Fraternidad que complicaron aún más la situación del motorman que conducía el tren que impactó en el andén 2 de la estación de Once provocando la muerte de 51 personas y más de 700 heridos.
En la causa penal por el accidente de Once, se encuentra imputado el motorman Marcos Córdoba por el delito de descarrilamiento culposo (art. 196), con pena de 1 a 5 años de prisión, junto a otras 28 personas, entre ellas los ex secretarios de Transporte de la Nación, Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, el ex interventor de la CNRT, Eduardo Sícaro, el ex Subsecretario de Transporte Ferroviario, Antonio Luna, y los directivos del grupo empresario que tenía la concesión del ferrocarril Sarmiento.