Economía

La AFA y los clubes de fútbol tendrán que informar operaciones que superen los $60.000

La Unidad de información financiera (UIF), estableció que tanto la AFA (Asociación de Fútbol Argentino) como  los clubes que participan de los torneos de Primera División y Primera B Nacional deberán presentar un perfil de los involucrados en operaciones de 60.000 pesos o más.

La medida se enmarca en la lucha contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo. La resolución, que es la N 32, se publicó este miércoles en el Boletín oficial.

 

La redacción de las normas y procedimientos a las que deberán adecuarse los clubes , tuvo en cuenta las presentaciones de la AFA, los clubes y Futbolistas Agremiados en sucesivas reuniones realizadas con la UIF, según consta en los considerandos.

 

Además se atañe a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que detalló que en las últimas “dos décadas el dinero comenzó a ejercer gradualmente una fuerte influencia sobre el deporte provocando en algunos casos consecuencias negativas”.

 

El GAFI advierte sobre “actividades comerciales, explotación de jugadores jóvenes, doping, corrupción, racismo, juegos ilegales, violencia, lavado de dinero y otras actividades que atentan contra el sector”.

 

También remarca que las “sumas de dinero invertidas en el fútbol crecieron principalmente como consecuencia del aumento en los derechos televisivos y del sponsoreo a nivel empresarial y que -simultáneamente- el mercado laboral para los jugadores profesionales de fútbol experimentó un proceso de globalización inigualable”.

 

“La afluencia internacional de dinero corre el riesgo de caer fuera del control de organizaciones nacionales y futbolísticas ya que los flujos de fondos circulan dentro y fuera de paraísos fiscales y/o comprenden muchos países”, agregó.

 

La industria del fútbol, señala también el GAFI, llevó a que “cada vez más gente se encuentre involucrada en el sector (managers, intermediarios, sponsors y empresas propietarias de jugadores, etc.)” lo que “propicia el ocultamiento de actividades fraudulentas, en particular en la medida en que las operaciones y actividades delictivas se lleven a cabo en el exterior”.

 

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